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Responsabilizaron a Julio de Vido por la tragedia ferroviaria de Once

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Los jueces Pablo Bertuzzi, Guillermo Costabel y Gabriela López Iñíguez le impusieron cinco años y ocho meses de prisión al ex ministro de Planificación por la comisión de los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la Administración pública y estrago culposo seguido de muerte. Además, lo inhabilitaron de por vida para ejercer cargos públicos. Los fundamentos se divulgarán en diciembre

Por los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la Administración pública y estrago culposo seguido de muerte, el Tribunal Oral Federal 4 (TOF4) le impuso la pena de cinco años y ocho meses de prisión al diputado desaforado y ex ministro de Planificación Federal, Julio de Vido, por su responsabilidad en la tragedia de Once. Además, lo inhabilitó de por vida para ejercer cargos públicos y le impuso el pago de las costas del juicio.
Los jueces Pablo Bertuzzi, Guillermo Costabel y Gabriela López Iñíguez anunciaron que los fundamentos deldecisorio serán difundidos el 10 de diciembre.
De Vido escuchó el veredicto desde la cárcel de Marcos Paz, en donde se encuentra detenido desde hace un año, en el marco de la pesquisa por irregularidades en la administración de la mina de Río Turbio.
Al expresar sus últimas palabras, argumentó que llegó como acusado al debate -el segundo que analiza las responsabilidades gubernamentales en torno al accidente ocurrido el 22 de febrero de 2012, que causó la muerte de 51 personas- como supuesta víctima de “una perversa persecución política – mediática – judicial».

Histórica
Los familiares de las víctimas se mostraron satisfechos con el fallo y estimaron que la condena es “histórica” y “absolutamente ejemplar».
Paolo Menghini, padre Lucas Menghini Rey, la última víctima que fue extraída de la formación siniestrada, a modo de vocero de la querella sostuvo que la sentencia hacía que “Argentina sea un país mejor».
También destacó la lucha de más de seis años para lograr que la Justicia llevara al banquillo a importantes funcionarios del anterior gobierno, a quienes responsabilizó por el hecho.
En su momento, el fiscal Juan García Elorrio había pedido que De Vido fuera condenado a nueve años de prisión.
Por su parte, la Oficina Anticorrupción (OA) reclamo 10 años y las querellas que representan a los familiares de las víctimas tuvieron posturas diferentes: una pidió 10 años y otra cuatro años y medio. El juicio que enfrentó De Vido es el segundo que se hace por Once. Mientras era ministro de Cristina Fernández, a pesar del reclamo de los familiares, no fue vinculado con el caso. Cabe recordar que a fines de diciembre de 2015, el titular de la ex concesionaria de Trenes de Buenos Aires (TBA), Claudio Cirigliano, y el ex secretario de Transporte de la Nación, Juan Pablo Schiavi, fueron condenados, respectivamente, a las penas de nueve y ocho años de prisión.

En tanto, al anterior secretario del área, Ricardo Jaime, se le impuso la sanción única de seis años, por administración fraudulenta, mientras que el maquinista Marcos Córdoba recibió tres años y seis meses de prisión y siete de inhabilitación para conducir, por estrago culposo. En esa oportunidad, el Tribunal Oral Federal Número 2 (TOF2), integrado por Jorge Tassara, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Ana D’Alessio, ordenó que se investigara el grado de responsabilidad de De Vido en la comisión del delito de defraudación al Estado.
Actualmente, todos los acusados por la tragedia están en la cárcel. Schiavi, Cirigliano y Córdoba se entregaron el viernes de la semana pasada, luego de que sus recursos ante la Casación Penal fracasaron. Jaime ya estaba detenido por otras causas. El jueves, la Sala III de Casación Penal rechazó los planteos de los sancionados en el primer debate, que cuestionaron sin éxito las condenas que dictó el TOF2 en diciembre de 2015, fallo que ya había ratificado la máxima instancia penal. Si bien les queda la chance presentar una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, deberán permanecer en prisión. En mayo, la Casación confirmó la culpabilidad de 21 de los 28 condenados en 2015. En algunos casos aumentó las penas y en otros las bajó.
La sanción de Jaime fue elevada de seis a siete años de prisión. Por las condenas previas que pesan en su contra por otros expedientes, el tribunal estableció la pena única de ocho años. La variación respecto de la condena obedeció a que los jueces decidieron responsabilizarlo también por el delito de estrago culposo. En cambio, los magistrados redujeron el monto de la pena respecto de quien ocupaba la Secretaría de Transporte al momento de la tragedia, Schiavi (de ocho años a cinco años y medio), del empresario Cirigliano (de nueve a siete años) y del maquinista Córdoba, quien quedó con una condena a tres años y tres meses de cárcel.
En tanto, Mario Cirigliano fue absuelto. Las alteraciones obedecieron a «criterios de razonabilidad y proporcionalidad».

Hace casi tres años, la Justicia estableció por qué se produjo el accidente y determinó que los ex funcionarios y empresarios condenados omitieron realizar las tareas de mantenimiento de rigor y que dejaron sin ejecutar los programas que se hallaban obligados a cumplir para que, una vez producido el deterioro del material rodante, se le solicitara al Estado nacional una reconstrucción que era solventada con fondos públicos y ejecutada por Emprendimientos Ferroviarios SA, controlada por Cometrans, la firma comercial de los hermanos Cirigliano.
Es decir, dio por probado que el choque ocurrió por una suma de factores vinculados con la falta de inversión para el mantenimiento del Ferrocarril Sarmiento y el descuido de la seguridad en el recorrido de las formaciones.

Recursos extraordinarios

-El jueves de la semana pasada, por mayoría, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Carlos Mahiques, Viviana Catucci y Eduardo Riggi, rechazó los recursos extraordinarios promovidos por los condenados en el primer juicio.
– Se trata de Juan Pablo Schiavi, Claudio Cirigliano y Marcos Córdoba, quienes se entregaron al día siguiente y actualmente se encuentran privados de su libertad, cumpliendo las penas que la Justicia les aplicó a fines de 2015.
-La máxima instancia en lo penal no hizo lugar a los planteos, elevados para llegar en apelación a la Corte Suprema, señalando que los recurrentes no rebatieron los argumentos esgrimidos a su turno por la sala en el decisorio que atacaron y que se limitaron a describir “su particular visión sobre el asunto».

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