El TSJ cordobés tuvo en cuenta que el ente fiscal introdujo críticas precisas y concretas a la sentencia de primer grado, que merecieron el estudio de la Cámara de Apelaciones. Ésta había considerado desierto el recurso por falta de fundamentación El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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Claro como el agua
Por Claudia A. Salvay (*) En la sociedad actual se plantea una nueva cultura jurídica por medio de la mediación, que fomenta...