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Niegan que acción penal se extinga por conciliación y reparación

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Se trata de una causa con pedido de elevación a juicio por defraudación en contra de la administración pública. Las defensas plantearon que las beneficiarias de las maniobras devolvieron el dinero, pero la fiscal desestimó sus argumentos

La fiscal federal Laura Mazzaferri rechazó un planteo de extinción de la acción penal por conciliación y reparación integral del perjuicio en una causa en la cual se investiga una defraudación a la administración pública, a través de un beneficio jubilatorio tramitado ante Anses por un estudio previsional.
Aunque no hay funcionario involucrados en el expediente, la agente sostuvo que su participación no está descartada.
En ese sentido, recordó que desde el inicio de la instrucción pidió que se esclareciera el eventual quehacer sistemático del estudio previsional y la necesaria intervención de funcionarios públicos. Incluso, al requerir la elevación a juicio solicitó, además, que se extrajeran testimonios para profundizar esa línea.
Hay tres procesadas por el caso: la beneficiaria del trámite, una abogada y una empleada del estudio jurídico.
La presentación la realizó la defensa de la primera y adhirieron los letrados de las otras dos involucradas, quienes requirieron que se hiciera extensivo a la situación de sus defendidas.
Los letrados instaron el sobreseimiento y, en subsidio, la suspensión del proceso a prueba.

Acuerdos
El argumento central del patrocinante de la beneficiaria es que su defendida suscribió acuerdos conciliatorios con el organismo y que reparó integralmente el perjuicio que causado a la administración pública.
Al propiciar el rechazo del pedido del defensor, la fiscal citó la resolución 97/09 de la Procuraduría General de la Nación y las Convenciones Internacionales contra la Corrupción, tanto de Naciones Unidas como Interamericana, que comprometen a los Estados parte a investigar y sancionar delitos como el analizado sin hacer distinciones entre particulares y funcionarios.
“Operan restricciones convencionales, legales y de política criminal para la procedencia de los institutos reclamados en el caso concreto en que se ha dictado procesamiento -confirmado- por un delito contra la administración pública con la posible intervención de funcionarios”, finalizó Mazzaferri.
El argumento central del patrocinante de la beneficiaria es que su defendida suscribió acuerdos conciliatorios con el organismo y que reparó integralmente el perjuicio que causado a la administración pública.

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