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Los tribunales no deciden sobre la intervención del fiscal en el debate

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El TOF 1 de Salta apartó al agente luego que planteara la nulidad del procedimiento policial que dio origen a la causa penal. Se sostuvo que hubo afectación a la independencia y autonomía del MPF

En el marco de actuaciones por presunta infracción a la ley 23737, Javier De Luca, titular de la Fiscalía General Número 4 ante la Cámara Federal de Casación Penal, mantuvo el recurso interpuesto por el fiscal general de Salta Carlos Amad en contra de la decisión del Tribunal Oral Federal Número 1 de esa jurisdicción que lo apartó, anuló su alegato por falta de fundamentación y designó a otro agente para intervenir en un nuevo debate.

En el juicio oral y público por transporte de estupefacientes, Amad declaró nulo el procedimiento que derivó en el secuestro de drogas en la vía pública, al considerar que se desarrolló en abierta violación a derechos y garantías constitucionales.

De Luca respaldó a su colega y valoró que el Tribunal Oral debió darle la oportunidad de producir una nueva fundamentación. No obstante, aclaró que opinaba que su alegato estaba perfectamente fundado.

“No existe en el cuerpo procesal vigente norma alguna que faculte o justifique al órgano jurisdiccional a decidir acerca de la intervención o no de un integrante de este Ministerio Público”, resaltó.

Por otra parte, recalcó que es un órgano independiente que ejerce sus funciones con autonomía funcional, sin sujeción a instrucción o directivas emanadas de órganos ajenos a su estructura.

El caso se generó en agosto de 2017, en la localidad de Salvador Mazza, cuando un agente de la Policía de la provincia de Salta esperaba el colectivo que lo trasladaría hacia Tartagal.

En ese contexto, observó el paso de una motocicleta en la que se trasladaban dos hombres. Según declaró posteriormente, se alarmó al percibir que el acompañante miraba hacia atrás intentando comunicarse con alguien que los seguía.

Por eso, le pidió asistencia a la División Drogas de Salvador Mazza, cuyo personal

detuvo a los dos rodados, requisó a los tripulantes y encontró 10 envoltorios rectangulares que contenían más de 12 kilos de marihuana.

En el requerimiento de elevación a juicio, el instructor le atribuyó a los imputados la autoría material del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes. Sin embargo, el fiscal del juicio se apartó de la acusación formal, planteó la nulidad del acta inicial y del procedimiento, de todos los actos que fueron su consecuencia y solicitó la absolución de los tres encausados.

El fiscal ante la Casación Federal estimó que procedimientos como el que se llevó adelante en el caso “no son útiles a una política de persecución criminal vinculada al tráfico de estupefacientes”.

“No existe en el cuerpo procesal vigente norma alguna que faculte o justifique al órgano jurisdiccional a decidir acerca de la intervención o no de un integrante de este Ministerio Público”.

(Del dictamen del fiscal Javier De Luca)

 

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