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Los internos de la cárcel de Bouwer no podrán usar teléfono celular

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Al desestimar una presentación, el Juzgado de Control Nº 9 argumentó que los detenidos
cuentan con tarjetas telefónicas para hablar con familiares. La Justicia toma en cuenta la intimidación que sufrió la diputada Carolina Píparo (Juntos por el Cambio) por parte de su victimario

El Poder Judicial local rechazó sendos hábeas corpus en los que se solicitó que se permitiera que los detenidos en el establecimiento penitenciario de Bouwer usaran teléfonos celulares.
En una de las causas, el Juzgado de Control Número 9 analizó las presentaciones del abogado Iván Mochkofsky, en representación de dos internos quienes reclamaron los dispositivos para comunicarse con sus familiares.
La jueza María Celeste Ferreyra sostuvo que el Servicio Penitenciario de Córdoba (SPC) logró amalgamar, con acciones concretas, la disposición del Poder Ejecutivo Nacional sobre el cumplimiento del aislamiento preventivo y obligatorio para impedir la propagación de la pandemia y el respeto del derecho a la comunicación con el exterior de los encarcelados.
Aclaró que los informes acreditaron que ellos se contactaron con sus allegados en varias oportunidades, incluso por videollamada, y estimó que está garantizada la continuidad de su comunicación con el exterior. No obstante, les pidió a las áreas pertinentes del SPC que revise constantemente las medidas adoptadas o por adoptarse conforme la evolución de la situación sanitaria.
A su turno, la Cámara de Receso Judicial Extraordinario, por unanimidad, rechazó reclamos similares de otros cuatro presos.
El tribunal sostuvo que la emergencia conlleva necesariamente que la comunicación se resienta, no solo intramuros.
Detalló que, según lo informado por el Procurador del Tesoro provincial, los internos cuentan con crédito para usar los teléfonos públicos habilitados en Bouwer y concluyó que se pusieron en marcha las acciones necesarias y acordes a las circunstancias actuales para garantizar contactos durante la contingencia.
También indicó que las restricciones de comunicación que rigen son razonables y están justificadas por los hechos y las circunstancias que las originaron..

Consecuencias
El tribunal aseveró que la proporcionalidad y razonabilidad de las medidas que se adopten deben analizarse teniendo en cuenta las consecuencias de su utilización en establecimientos penitenciarios de otras provincias argentinas, a los fines de proteger todos los derechos subjetivos en juego.
Al respecto, recordaron la denuncia que semanas atrás interpuso la diputada nacional Carolina Píparo (Juntos por el Cambio), quien fue amenazada por su agresor mediante la utilización de un celular.
En este contexto, el sentenciante recordó que la utilización de esos teléfonos por los internos, sin control, genera un problema mayor que el que podría solucionar, atentando contra la posibilidad de un daño inminente a la sociedad y, eventualmente, al trato igualitario, en virtud de que no toda la población carcelaria podría acceder al uso de un celular particular.

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