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Lo trasladaron lejos de su familia por falta de cupo en la cárcel

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Ante esta situación, la defensa pidió que se dicte la prisión domiciliaria. Se recordó que
en Jujuy y Salta ya rige el nuevo Código Procesal Penal Federal que permite la morigeración de las detenciones

La Cámara Federal de Tucumán se pronunció en contra del traslado de un hombre a un penal de Chaco y ordenó remitir las actuaciones al juzgado de origen para que dicten una nueva resolución.

En la presentación, la defensa explicó que solicitaron el arresto domiciliario, con pulsera electrónica si se consideraba necesario, atento que al haberse ordenado el traslado de su asistido al Penal de Chaco, se habría lesionado “seriamente” su derecho a mantener contacto familiar. Al punto tal
que desde entonces el detenido no volvió a ver a su familia. Por ello consideraron “desproporcionada” la prisión preventiva.

Al resolver, el Tribunal integrado por Gabriel Casas, Marina Cossio y Jorge David coincidió que el juez de grado no valoró lo manifestado por la defensa en relación al nuevo Código Procesal Penal Federal, aprobado por ley 27063, que prevé un cronograma de implementación en virtud del cual ya comenzó a regir en las provincia de Salta y Jujuy.
«Este nuevo código contiene un nuevo paradigma que establece medidas morigeradoras o alternativas del encarcelamiento preventivo, remarcando su carácter de ultima ratio y ya nada impide ponerlas en práctica, sobre todo haciendo una interpretación que mejor ar-monice con los principios y garantías constitucionales, sin condicionarlas al cumplimiento de los requisitos impuestos en el art. 10 del CP y en el art. 32 de la ley», detallaron los jueces.

Finalmente, los magistrados explicaron que si la sentencia anterior hubiera reconocido la falta de cupo de alojamiento en esa jurisdicción correspondía que analizara el planteo del detenido, ya que nada le impedía hacer uso de una medida alternativa como es el arresto domiciliario.
Por ese motivo, ordenó remitir las actuaciones al juzgado de origen para que se dictase una nueva sentencia.
En el fallo se destacó que ante la imposibilidad de mantener la detención en un lugar cercano a su núcleo familiar, la medida se volvió “desproporcionada” ya que priva-
ba al acusado de su libertad y del derecho a la familia.

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