El Alto Cuerpo cordobés observó que, ante el cuestionamiento de la accionante respecto de que la remuneración percibida no se ajustaba a lo establecido convencionalmente, era la demandada quien debía comprobar lo contrario El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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Columna de JusCom
Los desafíos de la comunicación judicial en tiempos turbulentos Por Marcelo Baez (*) El viernes 26 de enero el diario Ámbito Financiero...