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La justicia de Córdoba advirtió a los municipios que es delito penal cerrar accesos a los poblados

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La Justicia de Córdoba advirtió hoy que los municipios y comunas “carecen de facultades” para el cierre de los ingresos a los poblados como medida para evitar la propagación del coronavirus, y que de hacerlo incurrirán en un delito de “tipificación penal”.

La Fiscalía General, con el respaldo del Tribunal Superior de Justicia cordobés, luego de tomar conocimiento sobre el cierre de accesos en algunos poblados del país, emitió la Instrucción General N° 01/20 en donde deja en claro que “los municipios y/o comunas carecen de facultades para establecer restricciones mayores y/o de otra índole o tenor que las prescriptas en normativa nacional y provincial pertinente, ni impedir el ingreso o egreso de su ejido”.

El texto añadió que los intendentes y jefes comunales no se encuentran legitimados para contemplar excepciones no previstas en las disposiciones legales referidas”, y que un actuar contrario a las normas de la emergencia sanitaria “deviene susceptible en un ejercicio abusivo de las facultades locales y su correspondiente tipificación penal”.

La resolución se respalda en el artículo 248 del Código Penal que refiere a las penas por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionarios públicos.

Las máximas autoridades judiciales de la provincia consideraron que si bien corresponde el control efectivo del cumplimiento de las regulaciones dictadas en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia nacional 297/2020, y complementarias locales, se torna necesario remarcar que los municipios y comunas, así como sus autoridades públicas, deben ejercer sus funciones en el marco de lo prescripto por la Constitución Provincial.

Comentarios 2

  1. Carlos says:

    Yo soy chófer de camiones de productos alimenticios y en Villa Dolores están los impectores municipales en la ruta nacional 148 y no te dejan entrar a descargar . porque dicen que el horario de descarga ahora es de 22:00 a 07:00 y a ésa hora no te atiende nadie

  2. Fabián says:

    Cómo si ello fuera poco, he escuchado funcionarios municipales hablar de quitar la titularidad registral de los vehículos que detengan en los procedimientos enmarcados en el DNU 297/2020. Una aberración jurídica e incondicional.

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