La jueza actuante analizó la legislación aplicable al caso, sobre la plataforma fáctica descripta por el accionante, ante la no contestación de la demanda ni el aporte de prueba en contrario por parte de la demandada. Desestiman imponer la multa prevista en la ley de la actividad El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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Claro como el agua
Por Claudia A. Salvay (*) En la sociedad actual se plantea una nueva cultura jurídica por medio de la mediación, que fomenta...