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Insisten en que ayudantes fiscales no pueden juzgar contravenciones

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Aseguran que se rompe con el sistema acusatorio y es inconstitucional. Piden que se designen jueces para esa tarea. El abogado Hugo Seleme criticó también que se asigne a estos funcionarios competencia exclusiva en la materia. “Corren riesgo de terminar con los mismo vicios de la policía”, aseguró.

Silvina Bazterrechea – [email protected]

La entrada en vigencia del Código de Convivencia Ciudadana modificó las estructuras de juzgamientos de las faltas y contravenciones que ocurren en la provincia de Córdoba. Es que con el viejo Código de Faltas los comisarios llevaban adelante la investigación, pero ahora esta tarea quedó en cabeza de los ayudantes fiscales.

El 1 de abril comenzaron a funcionar en Córdoba capital dos unidades contravencionales, una ubicada en la zona norte de la ciudad y otra en el extremo sur. En cada una de ellas trabajan dos ayudantes fiscales (aunque se prevé que puedan ser tres por cada una), quienes se encargan de juzgar las causas que ingresan en materia de contravenciones al nuevo código.

A simple vista, los recursos destinados a este fin parecen ser escasos teniendo en cuenta las cifras conocidas sobre las detenciones que la policía realiza a diario. Según el último relevamiento, realizado en 2011, éstas rondaban alrededor de 120, esto es 42.700 anuales.

Consultado por Comercio y Justicia, el fiscal General, Alejandro Moyano, consideró que lo mejor será esperar los resultados. Dijo que se hará una evaluación de éstos y, de ser necesario, se sumarán más funcionarios judiciales a la tarea.

La discusión no se agota en la estructura y los recursos que se destinan al juzgamiento de las contravenciones. El rol que van a desempeñar los ayudantes fiscales ha sido tildado de inconstitucional por diversos sectores.

El abogado e investigador del Consejo Nacional de Ciencia y Técnologóa (Conicet), Hugo Seleme -quien presentó una demanda de declaración de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia por el Código de Convivencia-, recordó a este medio que el Ministerio Público no puede asumir el rol de juzgador y que debe ser un juez quien asuma esa tarea.

Seleme también se mostró disconforme con que se les asigne a estos ayudantes una competencia exclusiva en contravenciones.

“El problema de esta decisión es que sean capturados por la lógica policial, va a ser igual que antes sólo que ahora se trata de funcionarios que pasaron por la Facultad de Derecho. Si están las 24 horas solos con la policía corren el riesgo de terminar con los mismos vicios”, explicó.

En la misma sintonía opinó el secretario General de la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial (AGEP), Federico Corteletti, quien si bien considera un “avance” que los juzgamientos de las causas por contravenciones salgan de la órbita de la policía, coincide en que este esquema “rompe con el sistema acusatorio”.

¿Y el interior?
El interior de la provincia tiene su propia lógica: no habrá ayudantes fiscales que se dediquen exclusivamente a materia de contravenciones sino que se les sumará esta nueva función. En el Acuerdo Reglamentario 1341 Serie “A”, el TSJ con presencia del fiscal General resolvió que, en caso de licencia o vacancia, del ayudante fiscal será subrogado por los jueces de Paz Legos “con competencia en el lugar donde se cometió la infracción o con asiento más próximo al lugar del hecho”.

Inconstitucional

El nuevo Código de Convivencia fue tildado de inconstitucional por el abogado e investigador del Conicet Hugo Seleme. El planteo está en manos del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), y su plazo de resolución puede demorar años.

El último planteo de inconstitucionalidad resuelto por el Alto Cuerpo estuvo relacionado con la minería a cielo abierto. “El Tribunal Superior se tomó cuatro años para resolver si la norma era o no constitucional” recordó Seleme.

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