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Impugnan el acuerdo que modificó el reglamento de concursos

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Cuestionaron la decisión de establecer un plazo de ocho años de validez para valorar los antecedentes de los aspirantes a cubrir un cargo. Consideran que es una medida que afecta fundamentalmente a las madres que trabajan en el Poder Judicial

La Asociación de Empleados del Poder Judicial de Córdoba (AGEPJ) impugnó ayer el Acuerdo N° 1566 firmado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que introdujo modificaciones al apartado de antecedentes laborales, de capacitación y títulos del Sistema de Concursos para la promoción a los cargos jerárquicos del Poder Judicial.
A criterio de AGEPJ la nueva acordada “contiene graves y groseras violaciones al orden jurídico vigente, como la disposición que establece un arbitrario y antojadizo plazo de ocho años de validez para los antecedentes”.

“De ninguna manera estamos en desacuerdo con la necesidad de la capacitación permanente y actualizada por parte de quienes tienen la función pública de resolver los conflictos jurídicos que la sociedad lleva a los estrados tribunalicios. Somos conscientes de que el derecho no es una disciplina estancada en el tiempo y son múltiples las reformas que se desarrollan en el ámbito legislativo. Pero de modo alguno esto puede llevar a desacreditar y hacer desaparecer años enteros de estudio y formación”, remarcaron con preocupación fuentes del gremio, que a su vez, solicitó una reunión con el Alto Cuerpo.
“No hay antecedentes del atropello que quiere consumar la oficina de Recursos Humanos que es de donde sale el acuerdo cuestionado. Desde una cómoda posición, hay tecnócratas en el Poder Judicial que pretenden tirar por tierra todo el esfuerzo acumulado por compañeras y compañeros que desde hace muchos años vienen capacitándose para poder rendir un concurso. Se desconoce el proceso concatenado de la capacitación, ya que en cada instancia se suman conocimientos válidos que no tienen fecha de caducidad y se trata de una cadena ascendente en la que se van sumando complejidades conformando nuestra capacitación en general”, explicó el secretario general, Federico Cortelletti.
Para el gremio, la acordada del Alto Cuerpo afecta fundamentalmente a las mujeres que se desempeñan en el Poder Judicial. Al respecto, Agostina Noccioli, integrante de comisión directiva de AGEPJ expresó a Comercio y Justicia: “Es muy grave que la patronal pretenda ignorar las circunstancias personales que llevan a que en determinadas épocas se disminuyan las posibilidades de participar activamente en instancias formativas. Una vez más, el TSJ invisibiliza cuestiones básicas, como lo es que gran parte de la planta judicial está conformada por mujeres que son madres que deben sumarle a la jornada laboral la doble jornada de cuidado dentro del hogar y las horas extras que requiere capacitarse por fuera del horario de trabajo”.

Y agregó: “ Es insostenible que el Alto Cuerpo no repare que, en la sociedad patriarcal en la que vivimos esa doble jornada sigue recayendo mayoritariamente en las mujeres. Son múltiples los casos de compañeras que han debido alejarse por un tiempo de los procesos de formación académica formales y que hoy se ven doblemente discriminadas por este tipo de políticas excluyentes del TSJ.”
A modo de solución, plantean que se podría valorar con mayor puntaje los antecedentes académicos más recientes en el tiempo, pero sin eliminar los anteriores.

El cambio

El acuerdo N° 1566 modifica el artículo 7 del acuerdo N° 1402, serie “A”, de fecha 01/03/2017 y actualiza el Sistema de
Concursos para la promoción a los cargos de Secretarios de Cámara y Fiscalía de
Cámara, Secretarios de Primera Instancia, Secretarios de Fiscalía, Ayudantes Fiscales, Auxiliares Colaboradores de la Defensa y Prosecretarios Letrados del Poder
Judicial de la Provincia.
La nueva normativa aumenta el puntaje por antigüedad en el fuero, por antecedentes de capacitación y por los títulos de grado y posgrado. Asimismo, los antecedentes serán analizados respecto a la vinculación que tengan con los diversos fueros que componen el organigrama judicial y solo se tendrán en cuenta los antecedentes obtenidos en los últimos ocho años.

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