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Gremios deberán indemnizar a un agente de la Policía Federal

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El decisorio involucra a la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y a los sindicatos de Choferes de Camiones y de Conductores de Taxis de la Capital Federal. Un manifestante no identificado lesionó a un efectivo durante una protesta, en 2007

La Unión Tranviarios Automotor (UTA), el Sindicato de Choferes de Camiones y el Sindicato de Conductores de Taxis de la Capital Federal fueron condenados a indemnizar con 700 mil pesos a un oficial de la Policía Federal atacado durante una protesta frente a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

Si bien el agresor no fue identificado, el juez en lo Civil José Luis Bournissen entendió que hay una responsabilidad solidaria de las tres entidades que convocaron a los manifestantes.

El hecho ocurrió el 12 de noviembre de 2007, cuando se trató un proyecto de ley para fijar un sistema de puntos para regular las licencias de conducir.

Los gremios repudiaron la iniciativa y la jornada terminó con enfrentamientos entre los manifestantes y la policía. Uno de los efectivos que resultó herido fue Christian Sorge, un oficial de la Policía Federal que custodiaba la Legislatura y que entonces tenía 28 años.

Denunció que fue agredido con piedras y palos que le causaron traumatismos en su cráneo y mandíbula y otras lesiones, por lo que debió ser internado en el Hospital Churruca.

Sorge demandó a los gremios por daños y perjuicios.

Al responder, los accionados alegaron que no se los podía responsabilizar por lo sucedido porque no se logró individualizar a la persona que golpeó al reclamante.

El magistrado señaló que la producción del hecho ilícito se corroboró con las filmaciones obtenidas por los noticieros, en las que se pudo visualizar a manifestantes que agredían al personal policial “con chalecos y banderas con las que se identifican los gremios”.

En esa línea, explicó que la responsabilidad colectiva es un perjuicio de autoría anónima que se configura sobre todos los integrantes de un grupo determinado de personas por el daño causado por alguno de sus miembros cuando no ha podido individualizarse al autor.

“Sólo uno o algunos de los sujetos integrantes del grupo ha producido el daño, pero la posibilidad de que cualquiera de ellos, indistintamente, haya sido el agente, determina la presunción de causalidad en contra de todos, hasta tanto se demuestre lo contrario”, concluyó el juez.

Asimismo, expuso que el factor de imputación es objetivo y “no es otro que el riesgo creado por la actuación anónima del grupo, por lo que el sindicado como responsable no le alcanza, para eximirse, con probar el obrar diligente de su parte, ya que su obligación de resarcir hace abstracción de la idea de reproche subjetivo”.

Así, el juez entendió que la responsabilidad por los daños que sufrió el policía era de los tres gremios que convocaron a la marcha y participaron de los incidentes.

Los incidentes generaron una causa penal en la que ocho manifestantes acordaron una probation. En la investigación no se pudo determinar quién o quiénes atacaron al policía demandante y ahora los gremios deberán indemnizarlo.

 

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