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Entre Ríos busca sumarse al juicio por jurados

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El Poder Ejecutivo de Entre Ríos envió al Senado el proyecto de Ley de Juicio por Jurados. El envío se produjo tras una reunión con la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero. La propuesta cuenta con amplios consensos en la Legislatura y se espera por su pronta aprobación.
El proyecto establece que serán juzgados por jurados todos los delitos con penas de más de 20 años de prisión. El jurado estará integrado por 12 ciudadanos, hombres y mujeres en partes iguales, bajo las instrucciones legales de un juez, que decidirán por unanimidad si el acusado es culpable o no culpable.
El servicio de jurado es una carga pública que podría ser ejercida por cualquier ciudadano argentino o naturalizado, de entre 18 y 75 años, que tenga pleno ejercicio de sus derechos políticos y se domicilie en la jurisdicción correspondiente al lugar del hecho.
Establece, entre otras cuestiones, que el juicio será íntegramente filmado en audio y video. También incorpora como novedad “reglas de evidencia, reglas de ética de la abogacía y estándares probatorios objetivos”.
En sus fundamentos, la iniciativa sostiene que el jurado popular se encuentra en una situación “más favorable” para resolver un caso con la “mayor imparcialidad posible y alejada de presiones” –tanto externas como internas- que pudieran afectar su independencia frente al caso concreto.
También resalta la importancia de la participación de los ciudadanos. “Permite además que el acusado sea juzgado por sus pares, lo cual proporciona legitimidad democrática al veredicto de culpabilidad o no culpabilidad y facilita la transmisión de las razones jurídicas que habrán de tenerse en cuenta para la resolución de los casos, en la medida en que deberá emplearse un lenguaje claro y entendible, lo cual permitirá una mayor comprensión de los justiciables y de la sociedad toda respecto del sentido de las decisiones”, indicó.
El proyecto de ley apunta a dar cumplimiento en la provincia de Entre Ríos al mandato Constituyente Nacional originario, establecido en 1853, que los juicios criminales deben realizarse por jurados (artículos 24, 75 -inciso 12- y 118) y a lo establecido por el artículo 122, inciso 23 de la Constitución de Entre Ríos.

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