El fallo sostuvo que, en materia de promociones y beneficios, las normas son de carácter restrictivo. En razón de ello, se rechazó la demanda con la que reclamaban por la construcción de un hotel El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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La neutralidad de los jueces y su presencia en el espacio público
Nos proponemos en esta ocasión hacer un comentario del recientemente publicado dictamen N° 30 de fecha 21 de marzo pasado de la...