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El Registro Civil y la Municipalidad de Córdoba se sumaron a los oficios electrónicos

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El Registro Civil Municipal y la Municipalidad de la ciudad de Córdoba se sumaron a las instituciones que adhieren al servicio de oficios electrónicos y, de esta manera, podrán acceder a los “e-oficios” que les son dirigidos, así como responder los requerimientos que se les formulen, de manera totalmente segura. 

Según informó el Poder Judicial, el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas incorporó, en esta instancia, la contestación de oficios por parte del Registro de Deudores Alimentarios Morosos. En las próximas semanas, sumará a la Dirección General y a la Oficina Móvil.

Por su parte, la Municipalidad incorpora oficios informativos generales y de embargos sobre su personal. 

Para todos aquellos oficios que pagan una tasa administrativa municipal, se aclaró que para que se dé curso al oficio enviado de manera electrónica desde el Poder Judicial, el letrado contribuyente deberá abonar la tasa en los medios habilitados.

Para ello, debe ingresar al portal tributario, descargar la tasa correspondiente indicando números de expediente y de oficio y abonarla a través de los medios habilitados.


El sitio web para la generación de tasa administrativa para oficios judiciales es https://servicios2.cordoba.gov.ar/tasas/


Cabe aclarar que se encuentran exentos de pago los oficios dirigidos al Registro Civil y los tramitados con el beneficio de litigar sin gastos (sólo el principal); los librados por el fuero Laboral cuando el oficio tramita en representación del trabajador; los librados por razones de orden público, cualquiera fuere el fuero, o librados a petición de la comuna; los que ordenen el depósito de fondos; los que comporten una notificación a la Municipalidad en las causas judiciales en que sea parte; los librados en juicio de alimentos, litis expensas y en los procesos concursales.

El Poder Judicial aclaró que la comunicación electrónica (solicitud y respuesta de oficios) se realiza exclusivamente entre los juzgados y las instituciones adheridas. Los auxiliares de la justicia deben continuar operando como hasta ahora, solicitando al juzgado la confección y envío de los oficios. 

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