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El intendente de Pilar seguirá detenido

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Lo resolvió la jueza de Control, María Licia Tulián. En su fallo, resaltó que los imputados habrían cometido actos entorpecedores de la investigación penal preparatoria; en particular, tratando de influir sobre el insolvente involucrado en las maniobras delictivas

La jueza de Control, Niñez, Juventud, Penal Juvenil y Faltas de Río Segundo, María Licia Tulián, confirmó la prisión preventiva dictada en contra de Diego Bechis y Cristian Moyano, intendente y asesor letrado de la Municipalidad de Pilar, respectivamente.
Al jefe comunal se le atribuye la presunta comisión de los delitos de defraudación por administración fraudulenta calificada y abuso de autoridad; mientras que el abogado del municipio está imputado por defraudación por administración fraudulenta calificada.
Según la acusación, los encausados habrían participado en una maniobra destinada a vender los derechos posesorios que el municipio ejercía sobre una gran porción de la costanera del río Xanaes a otro funcionario municipal, Pablo Ghio (también imputado), por medio de una tercera persona, Carlos Milich, quien no tenía recursos económicos para el emprendimiento que supuestamente afrontaba.

De acuerdo con la pericia oficial, el valor de los terrenos -que abarcan una superficie de diez hectáreas- supera 50 millones de pesos.
En su fallo, la magistrada confirmó la prisión preventiva dictada por la fiscal de Instrucción Patricia Baulies tras ponderar, entre otros indicios, que los imputados habrían cometido “actos entorpecedores” de la investigación penal preparatorio; en particular, tratando de influir sobre el insolvente Milich. “Tales conductas no han consistido en un solo y único acto o acción aislada, sino que, por el contrario, fueron varias y con distintas modalidades”, enfatizó la sentenciante.
A partir de ello, estimó que “la inferencia que afirma como probable que en el futuro, y estando en libertad, los imputados pueden volver a tener tales actitudes, no resulta absurda ni irrazonable, y respeta las reglas formales del razonamiento inductivo”.
También argumentó que el peligro de un accionar intimidatorio no desaparece por el hecho de que los testigos, los peritos y los coimputados ya hayan declarado durante la etapa investigativa; ello así, porque resta aún el debate, una etapa procesal que debe ser protegida.
En definitiva, la jueza de Control concluyó que el conjunto de todas las circunstancias obrantes en la causa configuran indicios concretos que posibilitan inferencias “serias y razonables” sobre la existencia actual de riesgo procesal.
Asimismo, puntualizó que las conductas de los encartados “proyectan desconfianza” acerca de su sometimiento al accionar de la justicia, lo que torna “absolutamente indispensable” su privación de la libertad, para asegurar los fines del proceso.

Fiscal
Sobre los actos de amedrentamiento sufridos por la fiscal de Instrucción, Tulián expresó que resultan de extrema gravedad, por la seria afectación institucional que conllevan, en tanto resultaron atentatorios de la libertad, independencia y tranquilidad de espíritu con la deben poder obrar los funcionarios. “Tal situación inserta a la causa en un contexto de tensión y afectación institucional que exorbita los carriles normales de una investigación Penal, que no pueden ser pasados por alto, y exigen de los operadores judiciales extremar los recaudos para tutelar los fines del proceso”, agregó.

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