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El camarista Weiss no cometió exceso al ordenar detener a la víctima de un robo

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El órgano deontológico consideró que el magistrado obró conforme a derecho. Destacó que no había maltratado al joven que declaró en el debate oral y puso en tela de juicio lo publicado por un matutino local

Para el Tribunal de Ética Judicial de Córdoba (TEJ), el camarista penal Alejandro Weiss no cometió abuso o exceso alguno cuando ordenó detener durante dos días a un joven víctima de un robo que, al declarar en el juicio oral, titubeó y expuso ciertas inconsistencias.
Aquella decisión del magistrado fue motivo de cuestionamientos y determinó que el órgano deontológico -que dirige el ex vocal del TSJ Armando Andruet- iniciara una investigación de oficio que terminó finalmente en el archivo de la causa.
En su resolución, el Tribunal de Ética puso en tela de juicio la versión de los hechos reflejada por un matutino cordobés respecto de lo sucedido.
“Es importante destacar que si bien no es intención de este Tribunal realizar un juicio de valor ni merituar la labor periodística de quien ha escrito el artículo, no se puede soslayar que, en ocasiones, la versión de los hechos que transmiten los medios de comunicación difiere sustancialmente de lo que en verdad ha sucedido; y que ésta es una de esas ocasiones, en la que -con consecuencias altamente negativas para la imagen del juez y del Poder Judicial- en el artículo se han conjugado descripciones y valoraciones equívocas de los hechos”, señala la resolución.

Como consecuencia, el tribunal deontológico concluyó que el camarista Weiss “ha obrado conforme a derecho, por lo que resulta inadecuado afirmar que la medida adoptada es ‘abusiva o excesiva’ tal como lo indica la publicación”.
La resolución detalla que, en realidad, el imputado no había “admitido todo”, como había referido el artículo periodístico, sino que, por el contrario, “solo había reconocido una parte del hecho que se le imputaba” y que, puntualmente, no había admitido “la circunstancia de haber golpeado a la víctima con el arma”. En consecuencia, el TEJ enfatizó que aclarar esta cuestión “resultaba de vital importancia a los fines del proceso penal”, esto es, el descubrimiento de la verdad real.
“Resultan atendibles los argumentos expuestos por el afectado y este Tribunal comprende que le asiste razón en cuanto que, intentar dilucidar la cuestión vinculada ‘al golpe con el arma’ era necesario atento a la contradicción que existía con la declaración anterior y siendo pretensión penal, el esclarecimiento de la verdad material de la cuestión delictiva”, expuso el TEJ.

No hubo maltrato
Sobre el trato recibido de parte de Weiss por quien declaró como víctima de un hecho de robo, el TEJ aclaró que en algunas oportunidades y en determinados espacios jurídicos en los que prima el descubrimiento de la verdad real, puede resultar necesaria la utilización de un tono de voz “enfático” en pos de la prosecución de los fines del proceso y que “la mera utilización de dicho tono de voz no constituye en ‘sí misma’ una falta ética”.
De todos modos, el tribunal hizo hincapié en la necesidad de respetar el buen uso de las formas, respeto, cortesía, afabilidad y “un trato considerado” a todos los que participan en los juicios, “teniendo especial atención en las circunstancias que atraviesan”.
“Ello redundará en beneficio del servicio de justicia, por cuanto contribuye a una mejor comunidad y habitabilidad de los espacios judiciales que, como es natural, son, por defecto, agrestes, atento a que la disputa por lo justo que en ellos se produce impone irritabilidades naturales”, apuntó la resolución.

Los hechos

El 9 de noviembre de 2017, Maximiliano Herrera, un vecino sin antecedentes penales, sufrió un violento asalto en el que le robaron la moto y un reloj en barrio San Jorge. El acusado del ilícito llegó a juicio oral y fue condenado a seis años y dos meses luego de que admitió ser el autor del robo.
La cuestión en debate se produjo cuando el juez Weiss quiso determinar si la víctima había sido golpeada en la cabeza como constaba en la causa y si el ladrón llevaba o no un arma, por lo que comenzó interrogar al testigo, que se sintió desbordado y cometió inconsistencias en su declaración. El magistrado entendió que se encontraba ante un falso testimonio y ordenó la detención de Herrera durante dos días en la cárcel de Bouwer.

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