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El aislamiento no lesiona los derechos constitucionales a trabajar y circular

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La Cámara Nacional en lo Criminal afirmó que los decretos de necesidad y urgencia (DNU) que establecieron y prorrogaron el aislamiento social preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus no afectan arbitrariamente los derechos constitucionales a circular y trabajar, sino que buscan preservar la salud pública «en forma razonable y proporcional»

Fuentes judiciales confirmaron hoy que con ese y otros fundamentos, la Sala IV de la Cámara rechazó el planteo de un abogado, quiem solicitó que se declare la nulidad «absoluta» del DNU 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) y sus prórrogas.
El pedido lo había formulado M.A.R. en un hábeas corpus en el que expuso que ese DNU y los que extendieron las restricciones afectaban su libertad ambulatoria y el derecho a ejercer su profesión libremente por todo el país y generar recursos para el sustento y salud de su familia.
La Sala IV de la Cámara, en un fallo dictado días atrás -que trascendió hoy-, sostuvo que el letrado «no logró demostrar» que los decretos afecten de manera «injustificada o impertinente» sus derechos constitucionales «pues el fundamento de las normas cuestionadas estriba en la preservación de la salud pública en forma razonable y proporcional».
Agregó que el PEN fundamentó sus decisiones al analizar, en el marco de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la evolución epidemiológica verificada en el país, con el objetivo de proteger la salud pública», que constituye «una obligación indeclinable del Estado Nacional».
Para el tribunal, «las medidas de aislamiento y distanciamiento social siguen revistiendo un rol de vital importancia para hacer frente a la situación y mitigar el impacto sanitario, en aras de evitar la saturación del sistema de salud que se ha registrado en otros lugares del mundo por el crecimiento exponencial de los casos positivos».
Las «graves consecuencias» que trae aparejada la pandemia por «la considerable capacidad de transmisión del virus» deriva en «la legitimidad» de las normas preventivas «y permite convalidar la compatibilidad constitucionalidad de las limitaciones a los derechos individuales», expresaron los camaristas Juan Esteban Cicciaro e Ignacio Rodríguez Varela.
El abogado había señalado que el Congreso Nacional aún no avaló los DNU sobre el aislamiento social preventivo y obligatorio, pero los camaristas recordaron que el PEN remitió a ese poder las normas de necesidad y urgencia para su revisión.

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