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Cuestionan nulidad de la declaración verbal del imputado

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Mientras en primera instancia se resolvió la nulidad de la declaración verbal prestada por un imputado al tiempo de su detención, la Cámara Federal de Córdoba dejó sin efecto ese decisorio, expresando que “la nulidad declarada resulta infundada por carencia de elementos de cargo que así lo ameriten, existiendo la posibilidad de nuevas líneas investigativas”, en razón de que la resolución revelaba “una decisión no subordinada a la prueba de la causa y, como tal, distante a lo que en justicia y derecho corresponde”.
“Decisiones como la adoptada, particularmente por su resultado, deben ser precedidas de medidas instructorias tendientes a desentrañar la estricta verdad de lo acontecido y en la medida que las versiones dadas al personal policial por un detenido, no sean producto de interrogatorio”, expresaron por unanimidad los jueces Abel Sánchez Torres, Ignacio Vélez Funes y Luis Rueda, a raíz de datos obtenidos originariamente de las intervenciones telefónicas dispuestas en otra causa, de cuyas escuchas se habría tomado conocimiento sobre una importante fuga de información, presumiblemente a cambio de dinero, permitiendo que parte de los investigados sean advertidos de las averiguaciones sobre tráfico de estupefacientes.

En los hechos, el Ministerio Público Fiscal convocó a prestar testimonial al personal policial que se encontraba a cargo de la investigación aludida y una vez receptada la declaración indagatoria al imputado Claudio Marchetti, su defensa solicitó la nulidad de sus dichos al personal policial al momento de su detención, en razón de sufrir presiones, conducta que lo habría llevado a involucrar a Sarmiento, reclamo que tuvo acogida favorable en la instancia inferior, para ser recurrida luego por la fiscal Federal ante esta Alzada.
Se agegó que la nulidad declarada, de acuerdo a los argumentos expuestos del inferior, “imponía necesariamente la valoración exhaustiva e integral de los elementos de cargo presentes”, no obstante lo cual, para resolver como se hizo, ese tribunal meritó sólo los dichos unilaterales de Marchetti, “sin desentrañar si lo que éste manifestó en orden a que había sido ‘apurado’, respondía a la verdad de lo acontecido”, remató el fallo, a la vez que revocó también el sobreseimiento del policía Martín Horacio Sarmiento.

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