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Confirman declaración de adoptabilidad

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Durante la feria, una Cámara salteña rechazó el recurso de apelación que cuestionó el fallo que dejó a tres pequeñas bajo el cuidado del Estado. Destacó que se probó que sufrían maltratos físicos, verbales y psicológicos por parte de sus padres biológicos.

En el marco de una causa por protección de menores, la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial en feria de Salta desestimó el recurso que cuestionó la sentencia que declaró la adoptabilidad de las tres niñas involucradas.
En 2015, un informe policial detalló que las infantes eran víctimas de violencia física, psicológica y verbal por parte de sus padres.
Además, los agentes sanitarios informaron que en varias oportunidades encontraron a las nenas con hematomas en el rostro o el cuerpo y que la madre siempre alegaba que “se habían golpeado o caído de la cama”.

Así las cosas, el Juzgado en lo Civil de Personas y Familia de 1ª Nominación de Tartagal ordenó que las hermanitas quedaran provisoria y preventivamente bajo el cuidado del Estado.
El a quo hizo hincapié en el control de legalidad del proceso de protección de las tres niñas, sobre las cuales se decidió, como medida excepcional, su internación en un hogar, con el fin de resguardarlas de las situaciones de violencia, desnutrición, exposición a situaciones sexuales y falta de higiene, entre otras.
En tanto, al confirmar la medida, la alzada manifestó que la decisión jurisdiccional del inferior fue “plenamente justificada y razonable”, aunque excedida en los plazos legales.
Paralelamente, enfatizó que estaba acreditado que el sentenciante apuntó de manera constante a la readaptación de la progenitora, a los fines de lograr su revinculación con las menores hasta las últimas instancias, pero que no tuvo éxito.

“El factor tiempo es un elemento de suma relevancia en todo lo atinente a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, observándose en el campo de la adopción un peso fuerte, ya que aquéllos forjan su identidad en todo momento, aún como menores institucionalizados”, destacó la Cámara. En esa dirección, destacó que si no se resuelve la situación de los infantes de manera definitiva, a medida que pasa el tiempo no sólo se dificulta cada vez más su regreso a sus hogares de origen sino también su inserción en familias adoptivas.
En el caso, el tribunal rechazó el recurso de apelación interpuesto, al considerar que se probó que los progenitores no están en condiciones psicológicas, emocionales y socio-habitacionales de hacerse mínimamente responsables del cuidado personal de las tres nenas.

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