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Competencia federal en causa por la “droga de las violaciones”

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La Cámara Federal de Córdoba resolvió la jurisdicción de un juicio en el que los imputados están acusados de comercializar pastillas de Rohypnol, un potente sedativo

La Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba declaró la competencia federal en una causa por comercialización ilegal de pastillas de Rohypnol, un potente sedativo que tiene reputación de usarse para violar a las personas durante una cita -también conocida como la «droga de las violaciones»-.
La decisión fue asumida en autos “Carlsson, David Ernesto; Hernández, Ciro Humberto; López, Amador Humberto; Mathieu, María Natalia s/infracción ley 23.737”, por la sala integrada por Graciela Montesi, Eduardo Ávalos e Ignacio Vélez Funes.

Antecedentes
En la causa, los acusados se encuentran imputados por llevar adelante ilícitos en infracción a la ley 23737, más específicamente por falsificar recetas médicas con el objeto de comprar con ellas la mayor cantidad de pastillas con la droga flunitrazepam, comercialmente conocida como Rohypnol, para venderlas en dosis en forma ilícita a revendedores y a consumidores finales .
El tribunal recordó que la Justicia federal es de carácter excepcional, estricta y limitada y que su intervención está condicionada a la existencia de hechos que puedan perjudicar directa y efectivamente a la Nación, y que ella no puede extenderse con fundamento en el poder de policía o de fiscalización que ejerce el Estado nacional si no involucran la responsabilidad penal de sus funcionarios. Agregó que la ley 26052, mediante su art. 2, sustituyó el art. 34 de la citada ley 23737, disponiendo que los delitos previstos y penados por esa ley serán de competencia de la Justicia federal en todo el país, excepto para aquellas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que, mediante ley de adhesión, opten por asumir su competencia en las condiciones y con los alcances que allí se prevén.

Avocamiento
La jueza Montesi fundó su voto en que la cuestión giraba en torno a considerar el avocamiento por competencia solicitado por el abogado defensor del imputado Hernández, quien ha sido rechazado por el juez instructor.
En la presentación, de fecha 4 de septiembre de 2017, el imputado Ciro Humberto Hernández, junto a su abogado patrocinante, solicitó el avocamiento de la Justicia federal en razón de la cantidad de material (cajas de psicofármacos) secuestrado en la causa.
La vocal recordó que, tal como se encuentra establecido por el art. 4 de la ley 26052, en caso de duda sobre la competencia en materia de estupefacientes, prevalecerá la competencia de la Justicia federal.
La jueza agregó que “no debe perderse de vista que si bien la ley 26052 alteró de manera sustancial la competencia material en algunas de las conductas establecidas en la ley 23737 al asignar su conocimiento a la justicia ordinaria, siempre que las provincias hayan adherido a dicho régimen (ley 10067 en el caso de Córdoba), ello no significa desconocer el carácter prioritario de la jurisdicción federal en la materia, y menos su intervención cuando – como en el caso de autos- resulta justificada su competencia”.

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