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Citan a una mujer para que intervenga en causa de su hija

Autos: "BORRONI, EUGENIA VERÓNICA C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS" (Expte. Nº 503653 del 29/02/2012)
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Mediante un edicto, el Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar, de Género y Penal Juvenil de la ciudad de Villa María citó a Marina Gloria Mirotti, DNI 31.807.907, para que se presente en la sede del tribunal, ubicada en General Paz 331, planta baja, de esa ciudad, a fin de ejercer su derecho de defensa en una causa judicial iniciada en relación con su hija M. R. M., en el marco de la Ley Provincial de Protección Integral de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
La citación pública de la mujer se llevó a cabo luego de haberse desplegado, sin éxito, múltiples gestiones destinadas a conocer su paradero. El último domicilio conocido de la progenitora de la niña estaba ubicado en la calle Salta Nº 3000, de la ciudad de Villa María. Mirotti debe presentarse ante el tribunal, a cargo de la jueza Inés Mariel, en el término de 20 días corridos a partir de la fecha de la publicación.

A continuación, se publica el texto completo de la citación:
“Villa María, 02/09/2019.- (…) II) Atento certificados de fs. 275/277, de los que resulta infructuosas todas las gestiones tendientes a conocer el paradero de la progenitora de la niña M.R.M, Sra. Marina Gloria Mirotti, y a fin que la mencionada comparezca por ante este Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familiar, de Género y Penal Juvenil de la ciudad de Villa María, extremo que resulta necesario a los efectos de salvaguardar su derecho de defensa, en el marco de las presentes actuaciones en relación a la niña M.R.M; en mérito de ello, cítese por edicto a la Sra. Marina Gloria Mirotti, DNI Nº 31.807.907, por el término de cinco (5) días, a fin que comparezca por ante este tribunal, en el plazo de veinte (20) días contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarada en rebeldía (art. 110, 113,152 y 165 CPCC). Ofíciese a la Oficina de Prensa del Poder Judicial, a fin que articule los mecanismos necesarios para la difusión del presente decreto en medios de prensa escrita y de radiodifusión de alcance nacional, a los efectos de su notificación y por el término de cinco (5) días. Notifíquese. Fdo. Dra. Inés B. Mariel. Juez. Dra. Mariela Sagues. Prosecretaria».

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