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Caso Skanska: validan audio como prueba de coimas

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal rechazó un planteo de Julio de Vido
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En 2011, la Sala I de la Cámara Federal, con otra integración, dejó sin efecto la grabación y cerró la chance de que el caso que involucra a Julio de Vido se investigara como cohecho

Hace un año, el juez Sebastián Casanello procesó al ex ministro de Planificación Federal, Julio de Vido, y al ex secretario de Obras Públicas, José López -ambos detenidos preventivamente por otros casos- en el marco de la causa “Skanska”, por la presunta comisión de administración fraudulenta y cohecho.
La medida también alcanzó al ex gerente de Fideicomisos del Banco Nación, Néstor Ulloa, y a ex directivos de esa firma, de origen sueco.
En la pesquisa se investiga el supuesto pago de sobornos por ésta, que habría justificado las erogaciones mediante facturas apócrifas, con el objetivo de beneficiarse en las adjudicaciones de las obras de ampliación de los gasoductos Norte y Sur.
Ahora, a pedido del fiscal Carlos Stornelli, la Sala I de la Cámara Federal porteña anuló la invalidez de un audio que probaría el pago de una coima.

El tema llegó ante el tribunal porque Stornelli apeló una decisión de Casanello que rechazó declarar nulo el primer fallo de la Cámara, que había descartado la escucha como prueba.
Los vocales Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi consideraron que la grabación de la conversación, registrada por un síndico de la empresa, en la cual el ex gerente Comercial Javier Azcárate admite que se abonaron sobornos a cambio de adjudicaciones de obras, es válida. “Es un negocio de cien millones de dólares, de parte nuestra, más lo de ellos, 200 millones. ¿Y vos le vas a tirar el negocio abajo al tipo que hizo todo el tromping (sic) y al muchacho, al ‘pingüino’ de acá a dos cuadras?”, dijo el directivo.
En noviembre de 2011, la misma Sala de la Alzada, pero integrada por Eduardo Freiler, Eduardo Farah y Jorge Ballestero -el primero, destituido- dejó sin efecto la grabación, cerrando la chance de que el caso se investigara como cohecho.
No obstante, Bruglia, Llorens y Bertuzzi estimaron que el decisorio de sus antecesores se basó “en un vicio grave de fundamentación”, entre otros errores, y que la prueba validada en su momento por la Cámara Federal de Casación Penal constituye un factor trascendente para la corroboración de una de las principales sospechas que motorizaron la investigación.
En esa línea, precisaron que se impone la valoración de la grabación por la reincorporación decidida por la máxima instancia en lo penal, ya no es posible defender la aptitud de la sentencia dictada por sus colegas hace siete años, que excluyó el análisis de aquel relevante elemento de juicio.

Fiscal
Al reclamar el procesamiento de De Vido, en junio de 2017, el fiscal Stornelli alegó que “estaba al tanto de cada uno de los pormenores de las contrataciones en cuestión”.
Además, opinó que era “inimaginable” que el ex titular de Planificación Federal hubiera “simplemente delegado sus funciones, desentendiéndose -al menos bajo actitud negligente- de cuanto ocurriera en los procedimientos de contratación finalmente autorizados en su propia jurisdicción”. Así, concluyó que De Vido tuvo un rol activo -y decisivo- en la suerte que corrieron sendas contrataciones.
La conversación entre Azcárate y el auditor interno de Skanska, Claudio Corizzo, el otro protagonista de la charla, data de 2006, luego de que la sede de la empresa en Buenos Aires fue allanada por disposición del entonces juez Guillermo Montenegro, quien citó a indagatoria al ex titular del Enargas, Fulvio Madaro, y a Ulloa.
El ex magistrado Oyarbide intervino después y procesó a Corizzo y Azcárate junto al entonces secretario de Energía, Daniel Cameron.
Todos fueron sobreseídos, ya que en 2011, Freiler, Farah y Ballestero anularon la prueba alegando que no podía usarse porque se trató de una grabación clandestina en la cual el ejecutivo se autoincriminó. También descartaron las existencia de sobreprecios y coimas.

“Decisión política”
En esa oportunidad, argumentaron que hubo una “decisión política” de hacer las obras frente a la crisis energética y la necesidad de suministro de gas en el invierno de 2005 y consideraron justificados los presupuestos que pasaron las contratistas (Skanska, TBU, Techint y Odebrecht), pese a que superaban los proyectados por las gerenciadoras.

“Aun con el desfase entre la inicial proyección de costos y el precio final, la irrazonabilidad predicada por Oyarbide es tan sólo producto de una argumentación circular y autoconfirmatoria”, plasmaron.
Así, concluyeron que el juez “construyó” la teoría de las coimas en un “plano especulativo”.
Si bien la escucha fue declarada nula, en diciembre de 2015 la Corte Suprema, a pedido de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) a cargo por ese entonces de Manuel Garrido, dispuso que se revisara la decisión. Luego, Casación la declaró válida y confirmó la reapertura definitiva de la pesquisa.
La defensa del ex gerente Comercial de Skanska dijo que el diálogo telefónico fue fruto de un “engaño” y la calificó como una grabación “parajudicial”. No obstante, la Casación aclaró que “las grabaciones, al igual que cualquier otra prueba producida por particulares, no pueden considerarse genéricamente ilegítimas o inadmisibles”.
En la misma dirección, indicó que la declaración no fue realizada de forma subrepticia y que, por ello, el contenido de las expresiones no se obtuvo de manera fraudulenta.

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