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Admiten acción colectiva por el pago de Ganancias de jueces y funcionarios

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Lo resolvió el juez Carlos Furnari, del Juzgado Nacional en lo Contencioso-administrativo federal. La ley fue sancionada a fines de 2016 y hay cuestionamientos sobre cómo se implementará. El magistrado ordenó notificar a todos los interesados en el resultado del litigio por medio del Boletín Oficial y dos medios nacionales

Por Silvina Bazterrechea – [email protected]

El conflicto desatado por la decisión del Gobierno nacional de que los jueces comiencen a tributar el impuesto a las Ganancias ya se debate en el seno del Poder Judicial. Será el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso-administrativo Federal Nº 2 el encargado de analizar la cuestión.
Ayer su titular, Esteban Carlos Furnari, resolvió declarar  formalmente   admisible que la demanda interpuesta oportunamente por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) se tramite  como una acción colectiva.
Según especificó el magistrado en la resolución a la que tuvo acceso Comercio y Justicia, la clase involucra a todos los empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial y de los ministerios públicos de la Nación y de las provincias que hubieran ingresado a la carrera judicial o que se hubieran presentado a concursos convocados a tal fin, con anterioridad al 1 de enero de 2017 y hubiesen sido designados con posterioridad a esa fecha.

La demanda pretende que se declare que el concepto de “nombramiento” utilizado en la disposición   legal del Gobierno nacional sea entendido como “ingreso a la carrera   judicial”, y se tome como fecha de ingreso la correspondiente a la designación que se hubiera recibido para desempeñarse en dicho Poder Judicial. Asimismo solicitan, respecto de quienes se hubieran presentado a concursos sin pertenecer al Poder Judicial o al Ministerio Público, se considere su fecha de presentación.
La solución propuesta por la  AMFJN permitiría que ninguno de quienes ya están dentro del Poder Judicial  pague Ganancias porque «ingresaron» a éste con anterioridad a 2017. Por tal motivo, el pago del tributo quedaría restringido a aquellos que -desde otros ámbitos- fueran incorporados a juzgados, fiscalías y defensorías.
Entre los argumentos vertidos por la Asociación se encuentra el caso de los secretarios quienes, en caso de rendir y ser ascendidos a jueces y tributar Ganancias, terminarían ganando menos que en su puesto anterior.

Notificación
Como es de rigor en este tipo de acciones colectivas y a fin de garantizar la adecuada notificación de todas aquellas personas que pudieren tener interés en el resultado del litigio, el juez dispuso que sean anoticiadas mediante la publicación de edictos por un día en el Boletín Oficial y en los diarios Clarín y La Nación.

Situación
La ley 27346 fue aprobada en diciembre de 2016 y contó con el aval de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La idea original del Gobierno era que todos los jueces que juraron desde enero de este año, provengan o no de la “familia judicial”, paguen Ganancias; que no paguen aquellos que ya ejercían el cargo en otro fuero o jurisdicción y sean ascendidos este año; y que sí tributen los funcionarios judiciales que actuaban como jueces en forma interina.
Esto fue pensado para evitar eventuales planteos de nuevos magistrados, basados en el artículo 110 de la Constitución Nacional, que garantiza la intangibilidad de los sueldos al señalar que “no podrán ser disminuidos en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones”.
Cabe recordar que, años atrás, la Corte Suprema -presidida en ese entonces por Julio Nazareno- había declarado “la inaplicabilidad” de la ley 24631 sancionada en 1996, que había quitado las exenciones a los magistrados, vigentes desde 1936.
Por su parte, el Presupuesto 2017 contempla que, a raíz de que los jueces no pagan Ganancias, el Estado deja de percibir $5.605 millones que figuran como “gastos tributarios”.

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