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Sube otro 13% la tarifa de EPEC desde febrero, por alza nacional de energía

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Es por aplicación del aumento estacional del valor del megavatio y para residenciales. Para grandes usuarios, el impacto es de hasta 23,8%. En esta ocasión, la compañía sólo transfiere la suba de costos. Como fuere, suma otro mes consecutivo de incremento a un servicio que ajustó muy
por encima de la inflación

Por Alfredo Flury – [email protected]

La Empresa Provincial de Energía (EPEC) aumentará desde la semana próxima las tarifas 16,3 por ciento promedio, esta vez producto del aumento de costos de la energía mayorista dispuesta por el Gobierno nacional.
El incremento quedó definido en las últimas horas y comenzará a regir desde el viernes próximo. En cualquier caso y más allá del responsable del alza, el usuario deberá soportar otro ajuste en el valor de la factura que, sólo el año pasado, sumó casi 76 por ciento de aumento, muy por encima de la inflación minorista de 46,55 por ciento en el Gran Córdoba.
De hecho, tal como lo anticipó Comercio y Justicia, la tarifa viene subiendo de manera sucesiva en los últimos meses.
Concretamente, desde junio pasado, no hubo mes en el que no aumentara la energía, sea por suba del Valor Agregado de Distribución (VAD) o por quita de subsidios nacionales.
En ese marco, si se suma el alza de enero producto de costos propios, el aumento desde enero de 2018 llega a 86,25 por ciento. Ahora, con el ajuste de febrero, el incremento superará largamente el ciento por ciento.
El aumento -que no deberá pasar por Audiencia Pública convocada por el Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep) por tratarse sólo de un pass through (pasamanos) de costos de la Nación a las distribuidoras, tendrá diferentes impactos según el tipo de usuario.
Así, para el caso de los clientes residenciales, la suba será de 12,9 por ciento. En tanto, para los clientes bajo la categoría General y Servicios, esto es los comerciales, el alza llegará a 10,6 por ciento.
En tanto, para grandes usuarios, el aumento oscilará entre 15,2 y 23,8 por ciento, según se trate de clientes en baja tensión, media o alta en ese orden. Asimismo, para cooperativas, el aumento promedia 28,5 por ciento.
El traslado a tarifas por parte de la EPEC es producto de una suba en el precio del megavatio de hasta 45 por ciento, según lo publicado por la Secretaría de Energía en la Resolución 366/2018 publicada los primeros días de este año en el Boletín Oficial. Con todo, el combo es complejo y por eso demoró los valores finales.
Recién en las últimas horas, EPEC pulió los datos y el impacto de ese incremento en las tarifas que aplica a sus usuarios en las diferentes categorías. De hecho, incluye no sólo una suba estacional del megavatio sino también del transporte, potencial y de fondos específicos.
El aumento, anticipado a fin de año por este medio, será el primero pero probablemente no el único en el año, siempre a tenor del movimiento de diferentes variables.
En rigor, se supone que, en función de los precios estacionales de la energía y del texto de la Resolución 366 de Energía, los valores deberían revisarse el 1 de mayo.
Sin embargo, todo hace suponer que los precios estacionales del megavatio no tendrán cambios, al menos hasta después de las elecciones de octubre.
En todo caso, las futuras subas podrían llegar por el alza del VAD, responsabilidad de la EPEC.
El alza derivada de aumentos por quita de subsidios nacionales o costos de la EPEC ha generado múltiples quejas de los usuarios, en un contexto recesivo y con una inflación que, si bien en declive, sigue en valores muy elevado.
De acuerdo con datos relevados por este medio, EPEC aplicó subas de 38,44 por ciento en 2018, mientras que otro 20,01 por ciento correspondió a incrementos derivados del valor de la energía a escala nacional, siempre para el caso de los residenciales. Los aumentos fueron sucediéndose ya desde enero del año pasado pero en rigor ya venían de antes.
Así, en el primer mes del año pasado, la compañía aplicó un alza de 3,86 por ciento. En febrero la suba fue de 6,83 por ciento, esta vez por ajuste del valor de la energía en el Mercado Mayorista Eléctrico (MEM). En marzo no hubo cambios. En abril, en tanto, se aplicó 2,33 por ciento. Tampoco hubo variantes en mayo.
Pero desde junio en adelante, no hubo un solo mes sin aumento, y de hecho en un período coincidió una doble suba, por un lado de la EPEC y por otra por alza en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). En cualquier caso, todo fue a la factura final. En junio, el alza fue de 2,2 por ciento; en julio de 3,89 por ciento. En tanto, en agosto EPEC aplicó un ajuste de 2,55 por ciento y, producto de una suba del precio de la energía, trasladó 12,34 por ciento a tarifas.
En tanto, en septiembre la compañía ajustó otro 3,96 por ciento. Ya en octubre, la suba fue de 5,55 por ciento. Por otra parte, desde noviembre rigió otro incremento, esta vez de 5,66 por ciento, que incluye dos por ciento más otro 1,5 por ciento ya autorizados de escalones anteriores, más 1,79 por ciento que el Ersep desdobló para ese mes y para diciembre.
Finalmente, desde el último mes del año rige un alza de 3,19 por ciento, compuesta por dos escalones: de 1,5 por ciento y de 1,79 por ciento.
La mayor parte se explica por subas de costos de la EPEC y el menor medida por el alza de energía nacional.
Pasividades
El mecanismo de retiro anticipado que la EPEC puso en marcha los primeros días de junio pasado, finalmente cerró con 330 anotados, según datos a los que accedió Comercio y Justicia. La cifra es, en principio, inferior al número potencial de adherentes que estaban en condiciones de acceder al beneficio que, según datos informados oportunamente por la propia empresa, orillaban 800 trabajadores sobre un total de 4 mil que tiene la compañía.
De todas formas, desde la EPEC siempre se aclaró que, más allá de la cifra teórica de posibles beneficiarios, la empresa se reservaba la potestad de eventualmente vetar algunos pedidos, concretamente aquellos que considerara eran necesarios para las tareas futuras.
Las pasividades alcanzaban a los empleados a los que les faltara entre uno y diez años para acceder a la jubilación ordinaria.
Concretamente, la norma que activó la herramienta señalaba que “podrán acogerse al régimen aquellos empleados a quienes al 31 de diciembre del corriente año les resten hasta diez años para acceder a su jubilación ordinaria”.
“Durante la vigencia de la PAV, los empleados no tendrán que prestar servicios en la empresa, aunque sí podrán hacerlo en el sector privado, y percibirán entre el 60 y el 70 por ciento de su sueldo, de acuerdo a la cantidad de años que les falten para acceder a la jubilación definitiva. Mantendrán también, los aportes y contribuciones por el 100 por ciento a la obra social, caja previsional y sindical”, señalaba el texto que la puso en vigencia.

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