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La AFIP oficializó la creación del Registro Único Tributario

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Lo hizo la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la resolución 4624, que tiene como objetivo «promover la simplificación de las inscripciones y registros de los contribuyentes del orden tributario nacional y de las administraciones tributarias locales»

El Gobierno oficializó la creación del Registro Único Tributario-Padrón Federal, que será manejado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con el «fin de promover la simplificación de las inscripciones y registros de los contribuyentes del orden tributario nacional y de las administraciones tributarias locales».
Mediante la resolución 4624, publicada ayer en el Boletín Oficial, se establece que dicha base de datos estará conformada por los contribuyentes alcanzados por los impuestos nacionales, por Ingresos Brutos y también por tributos municipales.
Según la resolución, el registro contendrá los siguientes datos: Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT); domicilio real/legal; domicilio fiscal y de locales; domicilio fiscal electrónico; impuestos y/o regímenes fiscales y nacionales; impuesto sobre los Ingresos Brutos; datos identificatorios y la información suministrada por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y por las administraciones tributarias locales adheridas.

En Córdoba, la noticia referida a la unificación de determinación y pagos de los impuestos al Valor Agregado (IVA) e Ingresos Brutos (IIBB) y tasas municipales, vía convenio entre AFIP con la Provincia de Córdoba, había sido adelantada un mes atrás por Comercio y Justicia. Fue el ministro de Finanzas, Osvaldo Giordano, quien lo confirmó el pasado 2 de octubre en el marco del 80° aniversario de este diario. (link: https://comercioyjusticia.info/blog/economia/afip-unificara-determinacion-y-pagos-de-iva-iibb-y-tasas-municipales/).
El mencionado Registro Único Tributario estará integrado por los contribuyentes alcanzados por los impuestos nacionales cuya percepción y fiscalización se encuentren a cargo de la AFIP; el impuesto sobre IIBB cuya aplicación se encuentra a cargo de las administraciones tributarias provinciales adheridas y de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral. Además, los tributos municipales que inciden sobre la actividad comercial, industrial y de servicios de las jurisdicciones adheridas.
Quedan comprendidos en el aludido registro los contribuyentes encuadrados en el “Sistema Único Tributario” aprobado por la resolución general conjunta N° 4263 de la AFIP y el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba y sus complementarias.
El registro permitirá: a) Consultar y administrar las altas, bajas y modificaciones de los datos registrales allí contenidos. b) Emitir una constancia de inscripción unificada con los alcances de la resolución general N° 1.817, sus modificatorias y su complementaria.

Las funcionalidades y especificaciones del registro se encontrarán detalladas en el micrositio Registro Único Tributario Federal – Padrón Federal (www.afip.gob.ar/registro-único-tributario) del sitio web de esta Administración Federal.
El registro se actualizará automáticamente en función de la información recibida. Las novedades serán notificadas al contribuyente en el domicilio fiscal electrónico.
A los fines de acceder al registro en cuestión, los sujetos deberán ingresar al servicio «Sistema Registral» con clave fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo.
Los datos allí informados revestirán el carácter de declaración jurada y estarán sujetos a la verificación por parte de la AFIP, de las administraciones tributarias provinciales adheridas y de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

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