martes 5, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La Corte amplió a todo el país el uso de notificación electrónica

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Se aplica a los recursos de queja por denegación de extraordinarios tramitados en las cámaras federales. También se dispuso estos últimos. La extensión hacia las provincias llega después de una experiencia piloto en Capital Federal.

Desde este mes, el sistema de notificación electrónica se aplica a los recursos de queja por denegación de recurso extraordinario tramitados en cámaras federales y a todos los recursos extraordinarios.

Luego de una prueba piloto hecha en Capital Federal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) lo dispuso para las causas que se tramitan en todo el país.

En el marco de la implementación del Sistema de Notificación Electrónica de la Corte, los letrados deben constituir domicilio electrónico. Esta operación requiere dos pasos: registración y validación. La registración puede realizarse desde cualquier computadora. La validación es presencial y se efectúa en los centros al efecto que funcionan en la Mesa General de Entradas de la CSJN, en las 15 cámaras federales con asiento en las provincias y en el Colegio Público de Abogados de Capital Federal.

Asimismo, las cámaras federales que así lo dispongan habilitarán centros de validación en los juzgados federales.

La notificación electrónica remplaza la notificación en papel y se implementa gradualmente.

Antecente

El Máximo Tribunal, mediante acordada 3/2012, había establecido la primera fase de implementación de esta herramienta electrónica que alcanzaba las causas en que se tramitan los escritos de interposición de recurso de queja por denegación del recurso extraordinario (arts. 256 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), promovidos directamente ante la Corte y cuyo tribunal de origen tenía su asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A partir de la acordada 29/2012, publicada el lunes pasado en el Boletín Oficial de la Nación, se decidió continuar con la implementación progresiva y pasar a una segunda etapa, que comprende las causas radicadas ante todos los tribunales del Poder Judicial de la Nación.

Para ver
En la web de la corte se accede a una explicación

Para los usuarios que deban habilitarse a fin de cumplir con su representación letrada en la causa, se encuentra disponible un video instructivo en la página www.csjn.gov.ar, que explica el procedimiento de registración de información en la web, asignación de código de usuario (constitución del domicilio electrónico -cfr. Arts. 5° y 6° de la acordada Nº 31/11), utilización del Sistema de Notificaciones Electrónicas.
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