viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

LRT: “La Corte tendrá que convalidar este sistema”

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Daniel Funes de Rioja, presidente de la Copal y vicepresidente de la UIA, opinó que el proyecto del Ejecutivo desalentará la industria del juicio. No obstante, dijo que habrá una etapa de transición y planteos de inconstitucionalidad que deberá resolver el Máximo Tribunal.

El proyecto de reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) obtuvo ayer despacho favorable en el Congreso de la Nación tras recibir el apoyo del bloque de la Unión Cívica Radical (UCR), que dijo que coincidía con el espíritu de la normativa.
La iniciativa puede ser tratada el próximo 3 de octubre en el Senado, tras lo cual sería girada para su tratamiento en Diputados. En ese marco y de no mediar inconvenientes, todo se encamina a que, finalmente después de  nueve años desde que una veintena de artículos de  la actual LRT fue tildada de inconstitucional, Argentina cuente con una nueva ley que regule las relaciones laborales entre empresarios y trabajadores.
En visita a Córdoba, Daniel Funes de Rioja, uno de los vicepresidentes de la Unión Industrial Argentina (UIA), dialogó con Comercio y Justicia y celebró la iniciativa que hoy se debate en el Congreso de la Nación.

– ¿Qué opinión le merece el proyecto de Ley de Riesgos del Trabajo que envió la Presidenta al Congreso de la Nación?
-En primer lugar, lo que hay que decir es que con este proyecto de ley lo que la Presidenta se propuso es resolver lo que hasta el momento era el nudo central.  Se buscó arbitrar en el punto donde no nos poníamos de acuerdo. Por ese motivo me parece que esto es un avance doble: por un lado se resuelve un problema puntual y por otro se  genera un camino de diálogo institucionalizado entre empresarios, trabajadores y gobierno.
La Presidenta propuso en el Día de la Industria una fórmula de equilibrio por la cual se les da a los trabajadores un mejoramiento sustantivo de las indemnizaciones apartándose de la “doble vía”. Es una solución razonable que no perjudica ni a trabajadores  ni a empresarios. Evidentemente, lo que hace es desalentar la industria del juicio.

– Pero la Corte (Suprema de Justicia de la Nación, CSJN) ya se ha pronunciado  sobre la materia y ha tachado de inconstitucional la eliminación de la “doble vía”. ¿Por qué ahora se pronunciaría en sentido contrario?
–  Porque acá no se excluye la vía civil, lo que se dice es que Ud. va por el seguro o va por la vía civil. El artículo 39 de esta LRT dice que Ud. no puede ir por la vía civil, salvo en el  caso de dolo; allí había un impedimento, acá hay una opción.
No obstante, yo creo que la CSJN en este caso también deberá resolver planteos de inconstitucionalidad siempre que la ley  sea aprobada, como espero lo sea, por el Congreso de la Nación. Sin embargo, pienso que finalmente tendrá que convalidar este sistema porque el sistema de riesgos del trabajo es un sistema integral que busca proteger al trabajador.

-¿Espera entonces que disminuyan realmente los juicios laborales?
– Creo que si la Corte asume esta postura, sí. Habrá una transición anterior y, obviamente, el sector empresarial asume que tiene que existir esa transición.

– Ahora bien, las indemnizaciones se van a actualizar semestralmente. En un país donde los índices inflacionarios van por encima de las actualizaciones salariales, ¿no cree que estos montos indemnizatorios también quedarán por detrás de las aspiraciones de los trabajadores?.
– El índice que se toma es el mismo con el que se actualizan las jubilaciones, es un índice de los salarios promedio, lo hace Anses. Yo diría que si Ud. mira los índices de las  actualizaciones jubilatorias puede haber un desfase de un semestre. Es una movilidad  que tiene que ver con lo salarial, no le puedo decir qué ocurrirá con los índices del costo de vida porque ello depende de quien los tome.

– A su criterio ¿que le faltó a esta ley enviada por la Presidenta?
– Como le decía al principio, se abordó la cuestión medular sobre la cual empresarios y trabajadores no nos poníamos de acuerdo. Más allá de eso, nos queda el tema del accidente in itinire. Nosotros en su momento hemos propuesto que debía coparticiparse entre el empleador y la seguridad social poque no es un accidente de trabajo, es un accidente yendo o viniendo del trabajo, hay responsabilidad civil, no laboral.

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