Las pasantías, una práctica clave para la formación de un profesional porque permiten a los estudiantes adquirir conocimientos complementarios a su capacitación teórica universitaria, han sido en muchos casos utilizadas indebidamente.
Abaratar costos sin atender al objetivo de brindar capacitación, encubriendo relación de dependencia es uno de los disparadores de juicio laboral.
El caso, difundido en la prensa porteña, detalla que se trató de un empleado que, cuando estudiaba Administración, se había unido al área de sistemas de la empresa mediante la modalidad de pasantía universitaria por casi cuatro años (entre septiembre de 1999 y mayo de 2003) hasta que fue incorporado a su planta permanente. En 2007, la empresa decidió despedir con causa a un empleado porque entraba tarde a trabajar.
A los días de ser cesanteado, el empleado se presentó ante la Justicia para reclamar las indemnizaciones correspondientes al despido incausado ya que, desde su punto de vista, la sanción había sido tardía respecto del hecho cuestionado, y desproporcionada porque en sus varios años de trabajo no contaba con antecedentes que justificaran una medida tan grave.
Además, pidió que se le abonara un incremento indemnizatorio por trabajo “en negro” ya que estuvo contratado durante años como pasante.
Los jueces avalaron la decisión de la firma de despedir con causa pero hicieron lugar a multas por empleo no registrado porque no se utilizó adecuadamente la pasantía. Analizadas las pruebas, los camaristas señalaron que existieron importantes intervalos en que, existiendo prestación de tareas, la registración cayó en la nada del vacío legal: 17 meses y 6 días.