domingo 12, enero 2025
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Comercio y Justicia 85 años

Violencia institucional: confirman pena de prisión para agente penitenciario 

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La Sala IV de la Cámara Federa subrayó el estado de indefensión de la víctima y su condición de portador de VIH

La Sala IV de la Cámara Federal ratificó, mediante el mecanismo de casación horizontal, la condena a cuatro años de prisión para M.R.A., un agente del Servicio Penitenciario Federal, por haber golpeado brutalmente a un detenido en el Complejo Penitenciario Federal N° 2 de Marcos Paz, en Buenos Aires. La Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) actuó como querellante en el caso, destacando la gravedad de los hechos y la necesidad de justicia en casos de violencia institucional.

El incidente ocurrió el 16 de octubre de 2007, cuando D.T., el detenido, llegó al penal desde la Unidad 6 de Rawson. Tras completar el procedimiento de ingreso, que incluyó la toma de huellas dactilares y una revisión médica, fue llevado por un grupo de agentes penitenciarios a un cuarto pequeño donde fue sometido a una violenta golpiza durante 15 minutos.

El ataque incluyó golpes de puño, patadas y palazos en todo el cuerpo, lo que le provocó excoriaciones, hematomas en el cráneo, rostro, cuello, brazos, piernas, tórax y abdomen, además del estallido del bazo. Este último daño habría resultado mortal de no haber recibido una intervención quirúrgica de urgencia al día siguiente en el Hospital de Marcos Paz.

El agente M.R.A. fue identificado como uno de los principales responsables del ataque y llevado a juicio ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín. Durante el juicio, la PPN solicitó una pena de cuatro años de prisión efectiva por apremios ilegales agravados, considerando las severas lesiones sufridas por la víctima. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal coincidió en la gravedad del hecho pero lo calificó como lesiones gravísimas.

En 2016, el tribunal de juicio condenó a M.R.A. a tres años de prisión en suspenso, una sentencia que fue recurrida por el fiscal, quien argumentó que el monto de la pena no reflejaba las circunstancias agravantes del caso, como el estado de indefensión de la víctima y la brutalidad de los actos.

En 2017, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Borinsky, Geminiani y Hornos, agravó la condena a cuatro años de prisión efectiva y ordenó la inhabilitación especial del acusado.

Casación horizontal

Ante este fallo, la defensa de M.R.A. interpuso un nuevo recurso basándose en la garantía del doble conforme, solicitando una revisión por parte de nuevos magistrados. Este recurso derivó en la intervención de los jueces Carbajo y Mahiques, quienes confirmaron la sentencia previa.

En su resolución, los jueces destacaron que el estado de indefensión de la víctima y su condición de portador de VIH no habían sido adecuadamente considerados en la sentencia inicial. Señalaron que estos factores, junto con la gravedad del daño causado, justificaban plenamente la pena impuesta.

“La decisión final no presenta déficit de motivación ni afecta el derecho de defensa del acusado. Su monto es proporcional al delito cometido y refleja la gravedad del hecho y sus consecuencias”, concluyeron los magistrados.

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