miércoles 20, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Autónomos: nuevos valores de aportes para el mes de noviembre, con vencimiento en diciembre

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, publicó, en su página web, los valores de aportes personales que rigen a partir del 15 de noviembre de 2024. Aquellos deberán ser ingresados mensualmente por los trabajadores autónomos a partir del período devengado noviembre 2024, con vencimiento en diciembre de 2024.

Trabajadores autónomos

Valores vigentes a partir de noviembre de 2024

Categorías mínimas de revista

A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

Categorías Importes en pesos

I $ 45.409,07

II $ 63.571,72

III $ 90.817,34

IV $ 145.307,67

V $ 199.797,26

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial

Categorías Importes en pesos

I’ (I prima) $ 49.666,17

II’ (II prima) $ 69.531,56

III’ (III prima) $ 99.331,47

IV’ (IV prima) $ 158.930,27

V’ (V prima) $ 218.528,25

C) Afiliaciones voluntarias

Categorías Importes en pesos

I $ 45.409,07

D) Menores de 21 años

Categorías Importes en pesos

I $ 45.409,07

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma

Categoría Importe en pesos

I $ 38.313,90

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

Categoría Importe en pesos

I $ 15.609,37

Categorías de revista, vigentes hasta febrero de 2007

A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

Categorías vigentes hasta febrero de 2007 Importes a pagar

A $ 35.417,74

B $ 43.478,41

B’ $ 47.554,52

C $ 58.120,78

C’ $ 63.569,60

D $ 86.954,80

D’ $ 95.106,81

E $ 145.191,28

E’ $ 158.802,97

F $ 203.087,51

G $ 290.270,84

G’ $ 317.483,74

H $ 435.577,14

I $ 544.898,04

J $ 544.898,04

B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma

Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar

A $ 29.883,72

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar

A $ 12.174,85

Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)

Categorías Rentas de Referencia en pesos

I $ 141.903,33

II $ 198.661,61

III $ 283.804,20

IV $ 454.086,49

V $ 624.366,44

Punto 4 del artículo 1º del Decreto 1866/2006

a) Sustitúyese en el primer párrafo del Artículo 19 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS UN MILLON VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 50 CENTAVOS” ($1021675,50)”.

b) Sustitúyese en el primer párrafo del Artículo 20 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS UN MILLON VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 50 CENTAVOS” ($1021675,50)”.

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