El Juzgado Federal N°1 de Córdoba, a cargo del juez Miguel Hugo Vaca Narvaja, emitió una sentencia en el caso de Claudio Esteban Vannini contra SWAT Corporation SA, en el que se cuestionaba el uso indebido de la marca “Airvam” para la comercialización de infladores de rifles neumáticos.
La sentencia concluyó que la demandada empleó la marca sin autorización, causando confusión en el mercado, y ordenó el cese del uso de la misma, además de la publicación de la sentencia en conformidad con el artículo 34 de la Ley de Marcas N° 22362.
Vannini, propietario registrado de la marca apuntada desde 2012, inició acciones legales tras detectar que SWAT Corporation vendía infladores bajo su denominación en la plataforma de comercio electrónico Mercado Libre y en su propio sitio web.
El accionante argumentó que la contraria utilizaba su marca para promover productos de origen chino y calidad inferior, lo cual, generaba confusión entre los consumidores, quienes podían interpretar que los productos de SWAT tenían relación con la marca “Airvam”. Ante el fracaso de una intimación extrajudicial, Vannini solicitó judicialmente el cese del uso de la marca, una compensación de $300.000 por daños y perjuicios, y la publicación de la sentencia para advertir al público.
Negativa
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