Boom inmobiliario fuera de la Tierra: lotes en la Luna y en Marte

Por Florencia G. Rusconi (*)

Si usted quiere diversificar su cartera de inversión y destinar una pequeña cuota a inversiones alocadas a largo plazo o hacerle un regalo original a su nieto, nada mejor que comprarse un terrenito de 4.000 metros cuadrados en la Luna.

Aunque parezca insólito, ya hay individuos que son “dueños” de un pedazo de suelo fuera de la Tierra.

Quiénes compran y por qué

Mantener la esperanza DE que sus hijos o nietos visiten la Luna, o de construir una casa en ella para pasar su vejez, son algunas de las raras razones que motivan a las personas a comprar terrenos en el satélite terrestre y en el vecino planeta; sin embargo, las principales son dos: el placer de poseer o regalar un certificado de propiedad en la Luna por sólo US$20, y la posible revalorización del terreno en un futuro.

La segunda razón surge de la idea de la NASA de construir una base permanente habitada en la Luna como centro científico y de estación para las misiones a Marte, programadas para los próximos años. También existen intereses comerciales de privados como Lockheed Martin, constructor de equipos espaciales que está desarrollando un proceso para convertir polvo lunar en oxígeno y agua, con el fin de hacerlo habitable.

Otro atractivo de la Luna son los depósitos bajo su superficie de helio 3, el cual estiman que una tonelada métrica puede suplir una sexta parte de la energía de Gran Bretaña. Las potencias de Estados Unidos y Rusia tienen planes para explotar y transportar el gas a la tierra.

La historia

Dennis M. Hope, nacido en EEUU en 1946, tenía 34 años cuando en 1980, en pleno proceso de divorcio y con la cuenta en números rojos tras más de un año sin trabajo, una especie de instinto de supervivencia le hizo ver la luz: “Pensé que quizá podría hacer algo de dinero si tuviera alguna propiedad. Vi la Luna por la ventana y me di cuenta de que ahí había muchísimas propiedades”, contó en una entrevista a la revista Vice.

Aunque 13 años antes, el 27 de enero de 1967, la Asamblea General de las Naciones Unidas sancionó el “Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes”, conocido como Tratado del Espacio. El artículo 2 dice: “El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrá ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u ocupación, ni de ninguna otra manera”.

Era plena guerra fría, con el enfrentamiento temerario de los EEUU y la URSS.

El artículo 1, segundo párrafo expresa: “El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, estará abierto para su exploración y utilización a todos los Estados sin discriminación alguna en condiciones de igualdad y en conformidad con el derecho internacional, y habrá libertad de acceso a todas las regiones de los cuerpos celestes”.

Por ello, Hope concluyó que el tratado era para los Estados, pero no se hacía ninguna referencia a individuos. Tenía, por tanto, vía libre para reclamar su titularidad como “tierra de nadie”. Nada dice, pensó Hope, sobre los individuos.

Los “títulos de propiedad” del terreno lunar

Entonces Hope escribió tres cartas: a la Organización de las Naciones Unidas, al gobierno estadounidense y al soviético. En todas pedía lo mismo: reclamaba la propiedad de la Luna.

No dijeron “sí” pero tampoco “no”. Desde 1980 ha vendido lotes en la luna a más de seis millones de personas.

Las opciones de compra van desde un acre -poco más de cuatro mil metros, algo así como media manzana- por 24 dólares a 20 acres. Por 2,50 dólares más se puede agregar el nombre al título de propiedad. El comprador recibe el certificado, un mapa fotográfico del terreno y cuando está por pagar, Lunar Embassy lo tienta con el pasaporte extraterrestre por 21,99 dólares más.

Concretamente, asegura, precisó que su intención era “subdividir y vender propiedades a quien las quisiera”. No se contentó con la Luna sino que incluyó también a los otros siete planetas del sistema solar y sus satélites.

Desde entonces, no precisamente exento de controversia, la idea de este “empresario sideral” fue creciendo hasta derivar en todo un entramado que le ha granjeado millones de dólares.

El empresario estadounidense aprovechó un fatal vacío legal en la norma para proclamarse como dueño del satélite natural de la Tierra y de todos los planetas del Sistema Solar.

Así, el ex vendedor de autos comenzó su negocio. Dividió en hectáreas el suelo de los planetas y vendió los terrenos de su propiedad en la Luna, Mercurio, Marte y Venus. En pocos meses, su patrimonio aumentó a nueve millones de dólares.

Así las cosas, llegó a vender 600 propiedades en dos semanas, y explicó que la Luna está dividida para crear desde casas hasta espacios públicos. “Y eso que algunas áreas no están a la venta porque son monumentos nacionales, otras son parques de reserva y otras áreas de investigación. Las áreas donde hombres o máquinas estuvieron son monumentos nacionales”, explicó el “dueño” del satélite natural.

El negocio inmobiliario espacial creció a pasos agigantados y ya son muchos los famosos que compraron sus terrenos en los planetas del Sistema Solar. Entre las celebridades que tienen hectáreas en los cuerpos celestes se encuentran la fallecida reina Isabel II, Tom Hanks, Nicole Kidman, John Travolta, Clint Eastwood, y Mick Jagger, entre otros. Asesores de los presidentes Ronald Reagan, Jimmy Carter y George Bush compraron terrenos para sus jefes. En la lista de compradores figuran empresas y cadenas hoteleras como Hilton y Marriot.

De esos seis millones de clientes, aseguraba, “solo seis me han pedido que les devuelva su dinero en los 32 años que llevo haciendo esto”. Otras 1.300 corporaciones privadas también han invertido en el satélite.

“No estafo”, comenta Hope, “sólo aprovecho una oportunidad que surgió por un vacío legal y ejerzo mi derecho a lucrar como pueda”.

Aunque estas personas cuentan con billeteras abultadas, la inversión necesaria para tener una parcela en algún planeta de nuestro sistema solar es mínima. El metro cuadrado está en oferta y tiene un valor de US$19,99 a lo que hay que sumarles US$1,51 de impuestos.

Argentinos

Entre las nacionalidades de los dueños de los terrenos espaciales se encuentra un puñado de argentinos. Al menos 1.741 ciudadanos de nuestro país adquirieron un total dos mil hectáreas en la Luna. Debieron pagar -además- 2,50 dólares para que su nombre esté impreso en la foto satelital que la compañía de Hope les manda de su lote.

Luciano Giugno, el mediático primo de Marcelo Tinelli conocido como “El Tirri”, compró cuatro acres “en el lado de la Luna que tiene vista a la Tierra”, dijo en un almuerzo de Mirtha Legrand en 2016 y mostró su pasaporte de la embajada lunar.

En 2023 el rapero Duky -Mauro Lombardo es su nombre real- compró un terreno en la Luna y, en sus redes sociales, mostró el certificado que recibió después de adquirir una parte del satélite natural de la Tierra; la noticia generó debate sobre si se puede comercializar el e espacio

Nuestro país es el segundo en América Latina en cantidad de compradores, sólo superado por Brasil, que duplica esta cifra.

Además, Hope afirmó que 252 argentinos compraron terrenos en Marte por el mismo precio. El título de la propiedad en cualquiera de los cuerpos celestes, se entrega con un certificado personalizado con la escritura de la compra y la información detallada para que el dueño pueda ubicar el terreno geográficamente.

No le ha ido mal: en la primera década, su fortuna gracias a este negocio ascendía a 11 millones de dólares, con unos -siempre según su versión- seis millones de clientes de 193 países (todos los que forman parte de la ONU), incluyendo 1.800 empresas. “Hemos vendido 611 millones de acres de tierra de la Luna, 325 millones de acres en Marte, y entre Venus, Io (luna de Júpiter) y Mercurio, unos 125 millones de acres”, decía en 2013.

El rango de edad de los “propietarios”, detallaba, iba de un recién nacido en Alemania a un casi centenario de 97 años.

Asimismo, Hope vende por US$75 mil los derechos para establecer sedes de Embajada Lunar a más de 12 países. Las más populares son Crazy Shop, en Israel, y Moon Estates, en Inglaterra. Sin embargo, existen empresas falsas como Lunar Registry y Buy Uranus que venden terrenos sin los derechos de Embajada Lunar.

Otros empresarios

Asimismo, el chileno Jenaro Gajardo Vera, en 1953, registró la propiedad de la Luna por 42,000 pesos (equivalentes a 68 euros al cambio actual). Antes de fallecer en 1998 expresó que dejaba la Luna a su pueblo. Si un chileno ya había registrado la Luna a su nombre antes que Hope, entonces quedaría invalidada su adjudicación y su iniciativa empresarial. 

En 2010, la española Ángeles Durán se autoproclamó propietaria del Sol. Utilizó exactamente el mismo razonamiento que Dennis Hope. Es más: se valió de un olvido suyo. “Hay un estadounidense que escrituró casi todos los planetas y la Luna; pero no el Sol”, subrayaba entonces.

Durán formalizó sus intenciones ante un notario que no pudo contener la risa. El acta de manifestaciones recogía esta hilarante declaración: “Soy propietaria del Sol, estrella de tipo espectral G2, que se encuentra en el centro del sistema solar, situada a una distancia media de la Tierra de aproximadamente 149.600.000 kilómetros”. Tal vez esa sea sólo otra de las distancias exactas que existen para medir la separación que hay entre la realidad y el deseo: una brecha que da para mucho.

Pero los sueños de Jenaro Gajardo Vera, Dennis Hope, Ángeles Durán y Christopher Lamar no hacen más que confirmar la teoría de Ariosto, que en su Orlando furioso dejó escrito, con burla, que la Luna era el lugar al que iban a parar todas las locuras cometidas en la Tierra. Pero un vistazo a las noticias nos constata que las ocurrencias de los lunáticos no solo van a parar allí.

Los expertos legales afirman que las ventas no tienen ninguna base jurídica, pero tampoco descartan futuros pleitos cósmicos, razón por la que el Instituto Internacional de Derecho del Espacio trabaja en un documento para declarar nulo cualquier propiedad de terrenos fuera de la Tierra.

Hope ha gastado US$70 mil en abogados para defender su empresa y envió cartas para informar sobre su demanda a la Asamblea de las Naciones Unidas; como no recibió respuesta, asumió que su demanda “era válida”.

Presencia humana en la Luna

¿Qué pasará con los terrenos?

Para esta nueva etapa en la carrera espacial, la NASA se asoció con empresas como SpaceX, de Elon Musk y Blue Origin, de Jeff Bezos. Cuando Hope comenzó el negocio, Musk y sus cohetes a la Luna no existían. Sí, la aerolínea Pan Am, que en 1969 anunció que comenzaba a tomar reservas para su primer viaje a la Luna: sería en el año 2000 y el pasaje costaba 28 mil dólares. En 1990 la lista de espera era de 93 mil personas. Pan Am quebró en 1991.

Si Elon Musk logra hacer realidad el turismo lunar y yo no quiero que nadie pise mi terreno, ¿qué puedo hacer?

Éstas son preguntas que nunca estuvieron, hasta hoy, en la conversación.

En el año 2004 la Embajada Lunar creó su propia Constitución, pero como gobierno había nacido tres años antes, en 2001. El Gobierno Galáctico se creó, explica la web, en respuesta a las consultas de los dueños de la Luna que preguntaban cómo protegerían sus lotes de visitas ajenas.

También pensaron su propia moneda: Delta. Hope solicitó su reconocimiento al Fondo Monetario Internacional (FMI) en 2008. El organismo no ha respondido aún, pero Hope ya dijo que ofrecerá a todos los ciudadanos galácticos 10 mil Delta por 1000 dólares apenas el FMI responda.

Empresas privadas

Por otro lado, en lo concerniente a la aplicación del tratado de 1967 a las compañías privadas o sociedades mercantiles particulares, cabe subrayar que, por lo general, el derecho internacional público no adjudica a los Estados las actividades de sus individuos. Si una persona física o moral comete una falta administrativa dentro o fuera del territorio de su Estado y con ello viola los derechos de un extranjero u otro Estado, el Estado de nacionalidad de esa persona jurídica no está obligado a asumir responsabilidad internacional por estas actividades, aun cuando tales personas hayan producido daños (responsabilidad objetiva).

En este punto preciso, la Carta del Espacio introduce una interesante norma en el derecho internacional -con el acuerdo expreso de Estados Unidos y la extinta Unión Soviética-, por medio de su artículo VI, el cual indica: ”Estados partes en el Tratado: serán responsables internacionalmente de las actividades nacionales que realicen en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, los organismos gubernamentales o las entidades no gubernamentales y deberán asegurar que dichas actividades se efectúen en conformidad con las disposiciones del presente tratado. Las actividades de las entidades no gubernamentales en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, deberán ser autorizadas y fiscalizadas constantemente por el pertinente Estado parte en el Tratado (…)”.

No se puede exigir mayor claridad en el precepto.

Merece recordar que los soviéticos no aceptaban que las compañías privadas realizaran actividades espaciales, dado el “ultrarriesgo” de daños de gran magnitud y su probable incapacidad de cubrir las reparaciones o indemnizaciones correspondientes. En virtud de que el Estado soviético realizaba todas las actividades espaciales, no quería aceptar la intervención espacial de las compañías privadas estadounidenses, que ejercían en ese gobierno fuerte influencia por su capacidad tecnológica, recursos humanos calificados y gran experiencia en la producción de partes integrantes de satélites y naves tripuladas. Lo cierto es que el gobierno de Estados Unidos tenía planes concretos para acudir a la ayuda de compañías privadas (en esencia las grandes transnacionales) en el desarrollo de actividades espaciales. Finalmente, ambos países coincidieron en limitar la acción privada en el ámbito sideral.

Tratado de la Luna

Además, existe el Acuerdo que Gobierna las Actividades de los Estados en la Luna y otros Cuerpos Celestes, más conocido como el Tratado de la Luna, y que transfiere jurisdicción de todos los cuerpos celestes (incluyendo las órbitas cercanas a tales cuerpos) a la comunidad internacional, firmado en 1979 y en vigor en 1984. Sólo 18 países han firmado y ratificado el tratado. No lo han firmado EEUU, Rusia, China ni Argentina, entre otros.

Este tratado declara que la Luna ha de ser utilizada para el beneficio común de todos los Estados y todos los pueblos de la comunidad internacional. Además, pretende que la Luna no se convierta en una fuente de conflicto internacional. Ciertos puntos a destacar del tratado:

  • Se prohíbe a los Estados reclamar soberanía sobre los cuerpos celestes (art 11).
  • Prohíbe la propiedad de cualquier territorio extraterrestre por parte de una persona u organización, a menos que sea internacional y gubernamental (art 11, 3).

Ni la superficie ni la subsuperficie de la Luna, ni ninguna de sus partes o recursos naturales podrán ser propiedad de ningún Estado, organización internacional intergubernamental o no gubernamental, organización nacional o entidad no gubernamental ni de ninguna persona física. El emplazamiento de personal, vehículos espaciales, equipo, material, estaciones e instalaciones sobre o bajo la superficie de la Luna, incluidas las estructuras unidas a su superficie o la subsuperficie, no creará derechos de propiedad sobre la superficie o la subsuperficie de la Luna o parte alguna de ellas. Las disposiciones precedentes no afectan al régimen internacional a que se hace referencia en el párrafo 5 del presente artículo.

El hecho es que continúa creciendo inusitadamente el número y proyectos espaciales en que intervienen grandes transnacionales norteamericanas con desarrollo de alta tecnología en la materia (algunas de ellas encubiertas bajo el ropaje de entidades “mixtas” o “semipúblicas”, figuras ambas no contempladas suficientemente por el derecho internacional público).

Otro cuestionamiento que debe plantearse es si es posible calificar de “actividad espacial” el que un individuo persona física declare públicamente que tiene propiedad sobre la Luna y otros cuerpos celestes, sin apropiarse materialmente, y luego proceda a vender terrenos de ellos, a diestra y siniestra. Sobre el particular, nuevamente aparece el criterio del Instituto Internacional de Derecho Espacial, que ha reprobado categóricamente la creciente tendencia de individuos de declarar a la Luna y otros cuerpos celestes como propios y proceder a comerciar abiertamente con terrenos. Sin señalar a ninguna nación en específico, este instituto elevó en 2004 -reiterado en 2007, 2009 y 2011- un llamado a todos los Estados de apegarse a la Carta del Espacio y responder con firme rechazo a este tipo de declaraciones. También varios de sus miembros han hecho análisis de esta problemática y han publicado artículos que condenan estas prácticas. Estos hechos ponen de relieve que tales declaraciones de propiedad y la subsecuente venta de terrenos fuera de la Tierra se consideran actividades espaciales, aun cuando los que declaran ser propietarios o los compradores no tengan la posibilidad de tomar posesión física de tales terrenos en los cuerpos celestes.

Para concluir, en la práctica, hasta ahora, en la situación particular de la Luna y otros cuerpos celestes, ningún Estado se ha atrevido a respaldar las declaraciones de propiedad de individuos o compañías privadas, ni la comercialización de predios en esos cuerpos siderales, por lo que es válido concluir que dichas declaraciones y transacciones carecen enteramente de valor legal en los órdenes nacional e internacional.

Por Florencia G. Rusconi (*)

Si usted quiere diversificar su cartera de inversión y destinar una pequeña cuota a inversiones alocadas a largo plazo o hacerle un regalo original a su nieto, nada mejor que comprarse un terrenito de 4.000 metros cuadrados en la Luna.

Aunque parezca insólito, ya hay individuos que son “dueños” de un pedazo de suelo fuera de la Tierra.

Quiénes compran y por qué

Mantener la esperanza DE que sus hijos o nietos visiten la Luna, o de construir una casa en ella para pasar su vejez, son algunas de las raras razones que motivan a las personas a comprar terrenos en el satélite terrestre y en el vecino planeta; sin embargo, las principales son dos: el placer de poseer o regalar un certificado de propiedad en la Luna por sólo US$20, y la posible revalorización del terreno en un futuro.

La segunda razón surge de la idea de la NASA de construir una base permanente habitada en la Luna como centro científico y de estación para las misiones a Marte, programadas para los próximos años. También existen intereses comerciales de privados como Lockheed Martin, constructor de equipos espaciales que está desarrollando un proceso para convertir polvo lunar en oxígeno y agua, con el fin de hacerlo habitable.

Otro atractivo de la Luna son los depósitos bajo su superficie de helio 3, el cual estiman que una tonelada métrica puede suplir una sexta parte de la energía de Gran Bretaña. Las potencias de Estados Unidos y Rusia tienen planes para explotar y transportar el gas a la tierra.

La historia

Dennis M. Hope, nacido en EEUU en 1946, tenía 34 años cuando en 1980, en pleno proceso de divorcio y con la cuenta en números rojos tras más de un año sin trabajo, una especie de instinto de supervivencia le hizo ver la luz: “Pensé que quizá podría hacer algo de dinero si tuviera alguna propiedad. Vi la Luna por la ventana y me di cuenta de que ahí había muchísimas propiedades”, contó en una entrevista a la revista Vice.

Aunque 13 años antes, el 27 de enero de 1967, la Asamblea General de las Naciones Unidas sancionó el “Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes”, conocido como Tratado del Espacio. El artículo 2 dice: “El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrá ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u ocupación, ni de ninguna otra manera”.

Era plena guerra fría, con el enfrentamiento temerario de los EEUU y la URSS.

El artículo 1, segundo párrafo expresa: “El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, estará abierto para su exploración y utilización a todos los Estados sin discriminación alguna en condiciones de igualdad y en conformidad con el derecho internacional, y habrá libertad de acceso a todas las regiones de los cuerpos celestes”.

Por ello, Hope concluyó que el tratado era para los Estados, pero no se hacía ninguna referencia a individuos. Tenía, por tanto, vía libre para reclamar su titularidad como “tierra de nadie”. Nada dice, pensó Hope, sobre los individuos.

Los “títulos de propiedad” del terreno lunar

Entonces Hope escribió tres cartas: a la Organización de las Naciones Unidas, al gobierno estadounidense y al soviético. En todas pedía lo mismo: reclamaba la propiedad de la Luna.

No dijeron “sí” pero tampoco “no”. Desde 1980 ha vendido lotes en la luna a más de seis millones de personas.

Las opciones de compra van desde un acre -poco más de cuatro mil metros, algo así como media manzana- por 24 dólares a 20 acres. Por 2,50 dólares más se puede agregar el nombre al título de propiedad. El comprador recibe el certificado, un mapa fotográfico del terreno y cuando está por pagar, Lunar Embassy lo tienta con el pasaporte extraterrestre por 21,99 dólares más.

Concretamente, asegura, precisó que su intención era “subdividir y vender propiedades a quien las quisiera”. No se contentó con la Luna sino que incluyó también a los otros siete planetas del sistema solar y sus satélites.

Desde entonces, no precisamente exento de controversia, la idea de este “empresario sideral” fue creciendo hasta derivar en todo un entramado que le ha granjeado millones de dólares.

El empresario estadounidense aprovechó un fatal vacío legal en la norma para proclamarse como dueño del satélite natural de la Tierra y de todos los planetas del Sistema Solar.

Así, el ex vendedor de autos comenzó su negocio. Dividió en hectáreas el suelo de los planetas y vendió los terrenos de su propiedad en la Luna, Mercurio, Marte y Venus. En pocos meses, su patrimonio aumentó a nueve millones de dólares.

Así las cosas, llegó a vender 600 propiedades en dos semanas, y explicó que la Luna está dividida para crear desde casas hasta espacios públicos. “Y eso que algunas áreas no están a la venta porque son monumentos nacionales, otras son parques de reserva y otras áreas de investigación. Las áreas donde hombres o máquinas estuvieron son monumentos nacionales”, explicó el “dueño” del satélite natural.

El negocio inmobiliario espacial creció a pasos agigantados y ya son muchos los famosos que compraron sus terrenos en los planetas del Sistema Solar. Entre las celebridades que tienen hectáreas en los cuerpos celestes se encuentran la fallecida reina Isabel II, Tom Hanks, Nicole Kidman, John Travolta, Clint Eastwood, y Mick Jagger, entre otros. Asesores de los presidentes Ronald Reagan, Jimmy Carter y George Bush compraron terrenos para sus jefes. En la lista de compradores figuran empresas y cadenas hoteleras como Hilton y Marriot.

De esos seis millones de clientes, aseguraba, “solo seis me han pedido que les devuelva su dinero en los 32 años que llevo haciendo esto”. Otras 1.300 corporaciones privadas también han invertido en el satélite.

“No estafo”, comenta Hope, “sólo aprovecho una oportunidad que surgió por un vacío legal y ejerzo mi derecho a lucrar como pueda”.

Aunque estas personas cuentan con billeteras abultadas, la inversión necesaria para tener una parcela en algún planeta de nuestro sistema solar es mínima. El metro cuadrado está en oferta y tiene un valor de US$19,99 a lo que hay que sumarles US$1,51 de impuestos.

Argentinos

Entre las nacionalidades de los dueños de los terrenos espaciales se encuentra un puñado de argentinos. Al menos 1.741 ciudadanos de nuestro país adquirieron un total dos mil hectáreas en la Luna. Debieron pagar -además- 2,50 dólares para que su nombre esté impreso en la foto satelital que la compañía de Hope les manda de su lote.

Luciano Giugno, el mediático primo de Marcelo Tinelli conocido como “El Tirri”, compró cuatro acres “en el lado de la Luna que tiene vista a la Tierra”, dijo en un almuerzo de Mirtha Legrand en 2016 y mostró su pasaporte de la embajada lunar.

En 2023 el rapero Duky -Mauro Lombardo es su nombre real- compró un terreno en la Luna y, en sus redes sociales, mostró el certificado que recibió después de adquirir una parte del satélite natural de la Tierra; la noticia generó debate sobre si se puede comercializar el e espacio

Nuestro país es el segundo en América Latina en cantidad de compradores, sólo superado por Brasil, que duplica esta cifra.

Además, Hope afirmó que 252 argentinos compraron terrenos en Marte por el mismo precio. El título de la propiedad en cualquiera de los cuerpos celestes, se entrega con un certificado personalizado con la escritura de la compra y la información detallada para que el dueño pueda ubicar el terreno geográficamente.

No le ha ido mal: en la primera década, su fortuna gracias a este negocio ascendía a 11 millones de dólares, con unos -siempre según su versión- seis millones de clientes de 193 países (todos los que forman parte de la ONU), incluyendo 1.800 empresas. “Hemos vendido 611 millones de acres de tierra de la Luna, 325 millones de acres en Marte, y entre Venus, Io (luna de Júpiter) y Mercurio, unos 125 millones de acres”, decía en 2013.

El rango de edad de los “propietarios”, detallaba, iba de un recién nacido en Alemania a un casi centenario de 97 años.

Asimismo, Hope vende por US$75 mil los derechos para establecer sedes de Embajada Lunar a más de 12 países. Las más populares son Crazy Shop, en Israel, y Moon Estates, en Inglaterra. Sin embargo, existen empresas falsas como Lunar Registry y Buy Uranus que venden terrenos sin los derechos de Embajada Lunar.

Otros empresarios

Asimismo, el chileno Jenaro Gajardo Vera, en 1953, registró la propiedad de la Luna por 42,000 pesos (equivalentes a 68 euros al cambio actual). Antes de fallecer en 1998 expresó que dejaba la Luna a su pueblo. Si un chileno ya había registrado la Luna a su nombre antes que Hope, entonces quedaría invalidada su adjudicación y su iniciativa empresarial. 

En 2010, la española Ángeles Durán se autoproclamó propietaria del Sol. Utilizó exactamente el mismo razonamiento que Dennis Hope. Es más: se valió de un olvido suyo. “Hay un estadounidense que escrituró casi todos los planetas y la Luna; pero no el Sol”, subrayaba entonces.

Durán formalizó sus intenciones ante un notario que no pudo contener la risa. El acta de manifestaciones recogía esta hilarante declaración: “Soy propietaria del Sol, estrella de tipo espectral G2, que se encuentra en el centro del sistema solar, situada a una distancia media de la Tierra de aproximadamente 149.600.000 kilómetros”. Tal vez esa sea sólo otra de las distancias exactas que existen para medir la separación que hay entre la realidad y el deseo: una brecha que da para mucho.

Pero los sueños de Jenaro Gajardo Vera, Dennis Hope, Ángeles Durán y Christopher Lamar no hacen más que confirmar la teoría de Ariosto, que en su Orlando furioso dejó escrito, con burla, que la Luna era el lugar al que iban a parar todas las locuras cometidas en la Tierra. Pero un vistazo a las noticias nos constata que las ocurrencias de los lunáticos no solo van a parar allí.

Los expertos legales afirman que las ventas no tienen ninguna base jurídica, pero tampoco descartan futuros pleitos cósmicos, razón por la que el Instituto Internacional de Derecho del Espacio trabaja en un documento para declarar nulo cualquier propiedad de terrenos fuera de la Tierra.

Hope ha gastado US$70 mil en abogados para defender su empresa y envió cartas para informar sobre su demanda a la Asamblea de las Naciones Unidas; como no recibió respuesta, asumió que su demanda “era válida”.

Presencia humana en la Luna

¿Qué pasará con los terrenos?

Para esta nueva etapa en la carrera espacial, la NASA se asoció con empresas como SpaceX, de Elon Musk y Blue Origin, de Jeff Bezos. Cuando Hope comenzó el negocio, Musk y sus cohetes a la Luna no existían. Sí, la aerolínea Pan Am, que en 1969 anunció que comenzaba a tomar reservas para su primer viaje a la Luna: sería en el año 2000 y el pasaje costaba 28 mil dólares. En 1990 la lista de espera era de 93 mil personas. Pan Am quebró en 1991.

Si Elon Musk logra hacer realidad el turismo lunar y yo no quiero que nadie pise mi terreno, ¿qué puedo hacer?

Éstas son preguntas que nunca estuvieron, hasta hoy, en la conversación.

En el año 2004 la Embajada Lunar creó su propia Constitución, pero como gobierno había nacido tres años antes, en 2001. El Gobierno Galáctico se creó, explica la web, en respuesta a las consultas de los dueños de la Luna que preguntaban cómo protegerían sus lotes de visitas ajenas.

También pensaron su propia moneda: Delta. Hope solicitó su reconocimiento al Fondo Monetario Internacional (FMI) en 2008. El organismo no ha respondido aún, pero Hope ya dijo que ofrecerá a todos los ciudadanos galácticos 10 mil Delta por 1000 dólares apenas el FMI responda.

Empresas privadas

Por otro lado, en lo concerniente a la aplicación del tratado de 1967 a las compañías privadas o sociedades mercantiles particulares, cabe subrayar que, por lo general, el derecho internacional público no adjudica a los Estados las actividades de sus individuos. Si una persona física o moral comete una falta administrativa dentro o fuera del territorio de su Estado y con ello viola los derechos de un extranjero u otro Estado, el Estado de nacionalidad de esa persona jurídica no está obligado a asumir responsabilidad internacional por estas actividades, aun cuando tales personas hayan producido daños (responsabilidad objetiva).

En este punto preciso, la Carta del Espacio introduce una interesante norma en el derecho internacional -con el acuerdo expreso de Estados Unidos y la extinta Unión Soviética-, por medio de su artículo VI, el cual indica: ”Estados partes en el Tratado: serán responsables internacionalmente de las actividades nacionales que realicen en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, los organismos gubernamentales o las entidades no gubernamentales y deberán asegurar que dichas actividades se efectúen en conformidad con las disposiciones del presente tratado. Las actividades de las entidades no gubernamentales en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, deberán ser autorizadas y fiscalizadas constantemente por el pertinente Estado parte en el Tratado (…)”.

No se puede exigir mayor claridad en el precepto.

Merece recordar que los soviéticos no aceptaban que las compañías privadas realizaran actividades espaciales, dado el “ultrarriesgo” de daños de gran magnitud y su probable incapacidad de cubrir las reparaciones o indemnizaciones correspondientes. En virtud de que el Estado soviético realizaba todas las actividades espaciales, no quería aceptar la intervención espacial de las compañías privadas estadounidenses, que ejercían en ese gobierno fuerte influencia por su capacidad tecnológica, recursos humanos calificados y gran experiencia en la producción de partes integrantes de satélites y naves tripuladas. Lo cierto es que el gobierno de Estados Unidos tenía planes concretos para acudir a la ayuda de compañías privadas (en esencia las grandes transnacionales) en el desarrollo de actividades espaciales. Finalmente, ambos países coincidieron en limitar la acción privada en el ámbito sideral.

Tratado de la Luna

Además, existe el Acuerdo que Gobierna las Actividades de los Estados en la Luna y otros Cuerpos Celestes, más conocido como el Tratado de la Luna, y que transfiere jurisdicción de todos los cuerpos celestes (incluyendo las órbitas cercanas a tales cuerpos) a la comunidad internacional, firmado en 1979 y en vigor en 1984. Sólo 18 países han firmado y ratificado el tratado. No lo han firmado EEUU, Rusia, China ni Argentina, entre otros.

Este tratado declara que la Luna ha de ser utilizada para el beneficio común de todos los Estados y todos los pueblos de la comunidad internacional. Además, pretende que la Luna no se convierta en una fuente de conflicto internacional. Ciertos puntos a destacar del tratado:

  • Se prohíbe a los Estados reclamar soberanía sobre los cuerpos celestes (art 11).
  • Prohíbe la propiedad de cualquier territorio extraterrestre por parte de una persona u organización, a menos que sea internacional y gubernamental (art 11, 3).

Ni la superficie ni la subsuperficie de la Luna, ni ninguna de sus partes o recursos naturales podrán ser propiedad de ningún Estado, organización internacional intergubernamental o no gubernamental, organización nacional o entidad no gubernamental ni de ninguna persona física. El emplazamiento de personal, vehículos espaciales, equipo, material, estaciones e instalaciones sobre o bajo la superficie de la Luna, incluidas las estructuras unidas a su superficie o la subsuperficie, no creará derechos de propiedad sobre la superficie o la subsuperficie de la Luna o parte alguna de ellas. Las disposiciones precedentes no afectan al régimen internacional a que se hace referencia en el párrafo 5 del presente artículo.

El hecho es que continúa creciendo inusitadamente el número y proyectos espaciales en que intervienen grandes transnacionales norteamericanas con desarrollo de alta tecnología en la materia (algunas de ellas encubiertas bajo el ropaje de entidades “mixtas” o “semipúblicas”, figuras ambas no contempladas suficientemente por el derecho internacional público).

Otro cuestionamiento que debe plantearse es si es posible calificar de “actividad espacial” el que un individuo persona física declare públicamente que tiene propiedad sobre la Luna y otros cuerpos celestes, sin apropiarse materialmente, y luego proceda a vender terrenos de ellos, a diestra y siniestra. Sobre el particular, nuevamente aparece el criterio del Instituto Internacional de Derecho Espacial, que ha reprobado categóricamente la creciente tendencia de individuos de declarar a la Luna y otros cuerpos celestes como propios y proceder a comerciar abiertamente con terrenos. Sin señalar a ninguna nación en específico, este instituto elevó en 2004 -reiterado en 2007, 2009 y 2011- un llamado a todos los Estados de apegarse a la Carta del Espacio y responder con firme rechazo a este tipo de declaraciones. También varios de sus miembros han hecho análisis de esta problemática y han publicado artículos que condenan estas prácticas. Estos hechos ponen de relieve que tales declaraciones de propiedad y la subsecuente venta de terrenos fuera de la Tierra se consideran actividades espaciales, aun cuando los que declaran ser propietarios o los compradores no tengan la posibilidad de tomar posesión física de tales terrenos en los cuerpos celestes.

Para concluir, en la práctica, hasta ahora, en la situación particular de la Luna y otros cuerpos celestes, ningún Estado se ha atrevido a respaldar las declaraciones de propiedad de individuos o compañías privadas, ni la comercialización de predios en esos cuerpos siderales, por lo que es válido concluir que dichas declaraciones y transacciones carecen enteramente de valor legal en los órdenes nacional e internacional.

(*) Abogada. Docente jubilada de Cátedra Derecho Internacional Público. Facultad de Derecho (UNC).Por Florencia G. Rusconi (*)

Si usted quiere diversificar su cartera de inversión y destinar una pequeña cuota a inversiones alocadas a largo plazo o hacerle un regalo original a su nieto, nada mejor que comprarse un terrenito de 4.000 metros cuadrados en la Luna.

Aunque parezca insólito, ya hay individuos que son “dueños” de un pedazo de suelo fuera de la Tierra.

Quiénes compran y por qué

Mantener la esperanza DE que sus hijos o nietos visiten la Luna, o de construir una casa en ella para pasar su vejez, son algunas de las raras razones que motivan a las personas a comprar terrenos en el satélite terrestre y en el vecino planeta; sin embargo, las principales son dos: el placer de poseer o regalar un certificado de propiedad en la Luna por sólo US$20, y la posible revalorización del terreno en un futuro.

La segunda razón surge de la idea de la NASA de construir una base permanente habitada en la Luna como centro científico y de estación para las misiones a Marte, programadas para los próximos años. También existen intereses comerciales de privados como Lockheed Martin, constructor de equipos espaciales que está desarrollando un proceso para convertir polvo lunar en oxígeno y agua, con el fin de hacerlo habitable.

Otro atractivo de la Luna son los depósitos bajo su superficie de helio 3, el cual estiman que una tonelada métrica puede suplir una sexta parte de la energía de Gran Bretaña. Las potencias de Estados Unidos y Rusia tienen planes para explotar y transportar el gas a la tierra.

La historia

Dennis M. Hope, nacido en EEUU en 1946, tenía 34 años cuando en 1980, en pleno proceso de divorcio y con la cuenta en números rojos tras más de un año sin trabajo, una especie de instinto de supervivencia le hizo ver la luz: “Pensé que quizá podría hacer algo de dinero si tuviera alguna propiedad. Vi la Luna por la ventana y me di cuenta de que ahí había muchísimas propiedades”, contó en una entrevista a la revista Vice.

Aunque 13 años antes, el 27 de enero de 1967, la Asamblea General de las Naciones Unidas sancionó el “Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes”, conocido como Tratado del Espacio. El artículo 2 dice: “El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrá ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u ocupación, ni de ninguna otra manera”.

Era plena guerra fría, con el enfrentamiento temerario de los EEUU y la URSS.

El artículo 1, segundo párrafo expresa: “El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, estará abierto para su exploración y utilización a todos los Estados sin discriminación alguna en condiciones de igualdad y en conformidad con el derecho internacional, y habrá libertad de acceso a todas las regiones de los cuerpos celestes”.

Por ello, Hope concluyó que el tratado era para los Estados, pero no se hacía ninguna referencia a individuos. Tenía, por tanto, vía libre para reclamar su titularidad como “tierra de nadie”. Nada dice, pensó Hope, sobre los individuos.

Los “títulos de propiedad” del terreno lunar

Entonces Hope escribió tres cartas: a la Organización de las Naciones Unidas, al gobierno estadounidense y al soviético. En todas pedía lo mismo: reclamaba la propiedad de la Luna.

No dijeron “sí” pero tampoco “no”. Desde 1980 ha vendido lotes en la luna a más de seis millones de personas.

Las opciones de compra van desde un acre -poco más de cuatro mil metros, algo así como media manzana- por 24 dólares a 20 acres. Por 2,50 dólares más se puede agregar el nombre al título de propiedad. El comprador recibe el certificado, un mapa fotográfico del terreno y cuando está por pagar, Lunar Embassy lo tienta con el pasaporte extraterrestre por 21,99 dólares más.

Concretamente, asegura, precisó que su intención era “subdividir y vender propiedades a quien las quisiera”. No se contentó con la Luna sino que incluyó también a los otros siete planetas del sistema solar y sus satélites.

Desde entonces, no precisamente exento de controversia, la idea de este “empresario sideral” fue creciendo hasta derivar en todo un entramado que le ha granjeado millones de dólares.

El empresario estadounidense aprovechó un fatal vacío legal en la norma para proclamarse como dueño del satélite natural de la Tierra y de todos los planetas del Sistema Solar.

Así, el ex vendedor de autos comenzó su negocio. Dividió en hectáreas el suelo de los planetas y vendió los terrenos de su propiedad en la Luna, Mercurio, Marte y Venus. En pocos meses, su patrimonio aumentó a nueve millones de dólares.

Así las cosas, llegó a vender 600 propiedades en dos semanas, y explicó que la Luna está dividida para crear desde casas hasta espacios públicos. “Y eso que algunas áreas no están a la venta porque son monumentos nacionales, otras son parques de reserva y otras áreas de investigación. Las áreas donde hombres o máquinas estuvieron son monumentos nacionales”, explicó el “dueño” del satélite natural.

El negocio inmobiliario espacial creció a pasos agigantados y ya son muchos los famosos que compraron sus terrenos en los planetas del Sistema Solar. Entre las celebridades que tienen hectáreas en los cuerpos celestes se encuentran la fallecida reina Isabel II, Tom Hanks, Nicole Kidman, John Travolta, Clint Eastwood, y Mick Jagger, entre otros. Asesores de los presidentes Ronald Reagan, Jimmy Carter y George Bush compraron terrenos para sus jefes. En la lista de compradores figuran empresas y cadenas hoteleras como Hilton y Marriot.

De esos seis millones de clientes, aseguraba, “solo seis me han pedido que les devuelva su dinero en los 32 años que llevo haciendo esto”. Otras 1.300 corporaciones privadas también han invertido en el satélite.

“No estafo”, comenta Hope, “sólo aprovecho una oportunidad que surgió por un vacío legal y ejerzo mi derecho a lucrar como pueda”.

Aunque estas personas cuentan con billeteras abultadas, la inversión necesaria para tener una parcela en algún planeta de nuestro sistema solar es mínima. El metro cuadrado está en oferta y tiene un valor de US$19,99 a lo que hay que sumarles US$1,51 de impuestos.

Argentinos

Entre las nacionalidades de los dueños de los terrenos espaciales se encuentra un puñado de argentinos. Al menos 1.741 ciudadanos de nuestro país adquirieron un total dos mil hectáreas en la Luna. Debieron pagar -además- 2,50 dólares para que su nombre esté impreso en la foto satelital que la compañía de Hope les manda de su lote.

Luciano Giugno, el mediático primo de Marcelo Tinelli conocido como “El Tirri”, compró cuatro acres “en el lado de la Luna que tiene vista a la Tierra”, dijo en un almuerzo de Mirtha Legrand en 2016 y mostró su pasaporte de la embajada lunar.

En 2023 el rapero Duky -Mauro Lombardo es su nombre real- compró un terreno en la Luna y, en sus redes sociales, mostró el certificado que recibió después de adquirir una parte del satélite natural de la Tierra; la noticia generó debate sobre si se puede comercializar el e espacio

Nuestro país es el segundo en América Latina en cantidad de compradores, sólo superado por Brasil, que duplica esta cifra.

Además, Hope afirmó que 252 argentinos compraron terrenos en Marte por el mismo precio. El título de la propiedad en cualquiera de los cuerpos celestes, se entrega con un certificado personalizado con la escritura de la compra y la información detallada para que el dueño pueda ubicar el terreno geográficamente.

No le ha ido mal: en la primera década, su fortuna gracias a este negocio ascendía a 11 millones de dólares, con unos -siempre según su versión- seis millones de clientes de 193 países (todos los que forman parte de la ONU), incluyendo 1.800 empresas. “Hemos vendido 611 millones de acres de tierra de la Luna, 325 millones de acres en Marte, y entre Venus, Io (luna de Júpiter) y Mercurio, unos 125 millones de acres”, decía en 2013.

El rango de edad de los “propietarios”, detallaba, iba de un recién nacido en Alemania a un casi centenario de 97 años.

Asimismo, Hope vende por US$75 mil los derechos para establecer sedes de Embajada Lunar a más de 12 países. Las más populares son Crazy Shop, en Israel, y Moon Estates, en Inglaterra. Sin embargo, existen empresas falsas como Lunar Registry y Buy Uranus que venden terrenos sin los derechos de Embajada Lunar.

Otros empresarios

Asimismo, el chileno Jenaro Gajardo Vera, en 1953, registró la propiedad de la Luna por 42,000 pesos (equivalentes a 68 euros al cambio actual). Antes de fallecer en 1998 expresó que dejaba la Luna a su pueblo. Si un chileno ya había registrado la Luna a su nombre antes que Hope, entonces quedaría invalidada su adjudicación y su iniciativa empresarial. 

En 2010, la española Ángeles Durán se autoproclamó propietaria del Sol. Utilizó exactamente el mismo razonamiento que Dennis Hope. Es más: se valió de un olvido suyo. “Hay un estadounidense que escrituró casi todos los planetas y la Luna; pero no el Sol”, subrayaba entonces.

Durán formalizó sus intenciones ante un notario que no pudo contener la risa. El acta de manifestaciones recogía esta hilarante declaración: “Soy propietaria del Sol, estrella de tipo espectral G2, que se encuentra en el centro del sistema solar, situada a una distancia media de la Tierra de aproximadamente 149.600.000 kilómetros”. Tal vez esa sea sólo otra de las distancias exactas que existen para medir la separación que hay entre la realidad y el deseo: una brecha que da para mucho.

Pero los sueños de Jenaro Gajardo Vera, Dennis Hope, Ángeles Durán y Christopher Lamar no hacen más que confirmar la teoría de Ariosto, que en su Orlando furioso dejó escrito, con burla, que la Luna era el lugar al que iban a parar todas las locuras cometidas en la Tierra. Pero un vistazo a las noticias nos constata que las ocurrencias de los lunáticos no solo van a parar allí.

Los expertos legales afirman que las ventas no tienen ninguna base jurídica, pero tampoco descartan futuros pleitos cósmicos, razón por la que el Instituto Internacional de Derecho del Espacio trabaja en un documento para declarar nulo cualquier propiedad de terrenos fuera de la Tierra.

Hope ha gastado US$70 mil en abogados para defender su empresa y envió cartas para informar sobre su demanda a la Asamblea de las Naciones Unidas; como no recibió respuesta, asumió que su demanda “era válida”.

Presencia humana en la Luna

¿Qué pasará con los terrenos?

Para esta nueva etapa en la carrera espacial, la NASA se asoció con empresas como SpaceX, de Elon Musk y Blue Origin, de Jeff Bezos. Cuando Hope comenzó el negocio, Musk y sus cohetes a la Luna no existían. Sí, la aerolínea Pan Am, que en 1969 anunció que comenzaba a tomar reservas para su primer viaje a la Luna: sería en el año 2000 y el pasaje costaba 28 mil dólares. En 1990 la lista de espera era de 93 mil personas. Pan Am quebró en 1991.

Si Elon Musk logra hacer realidad el turismo lunar y yo no quiero que nadie pise mi terreno, ¿qué puedo hacer?

Éstas son preguntas que nunca estuvieron, hasta hoy, en la conversación.

En el año 2004 la Embajada Lunar creó su propia Constitución, pero como gobierno había nacido tres años antes, en 2001. El Gobierno Galáctico se creó, explica la web, en respuesta a las consultas de los dueños de la Luna que preguntaban cómo protegerían sus lotes de visitas ajenas.

También pensaron su propia moneda: Delta. Hope solicitó su reconocimiento al Fondo Monetario Internacional (FMI) en 2008. El organismo no ha respondido aún, pero Hope ya dijo que ofrecerá a todos los ciudadanos galácticos 10 mil Delta por 1000 dólares apenas el FMI responda.

Empresas privadas

Por otro lado, en lo concerniente a la aplicación del tratado de 1967 a las compañías privadas o sociedades mercantiles particulares, cabe subrayar que, por lo general, el derecho internacional público no adjudica a los Estados las actividades de sus individuos. Si una persona física o moral comete una falta administrativa dentro o fuera del territorio de su Estado y con ello viola los derechos de un extranjero u otro Estado, el Estado de nacionalidad de esa persona jurídica no está obligado a asumir responsabilidad internacional por estas actividades, aun cuando tales personas hayan producido daños (responsabilidad objetiva).

En este punto preciso, la Carta del Espacio introduce una interesante norma en el derecho internacional -con el acuerdo expreso de Estados Unidos y la extinta Unión Soviética-, por medio de su artículo VI, el cual indica: ”Estados partes en el Tratado: serán responsables internacionalmente de las actividades nacionales que realicen en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, los organismos gubernamentales o las entidades no gubernamentales y deberán asegurar que dichas actividades se efectúen en conformidad con las disposiciones del presente tratado. Las actividades de las entidades no gubernamentales en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, deberán ser autorizadas y fiscalizadas constantemente por el pertinente Estado parte en el Tratado (…)”.

No se puede exigir mayor claridad en el precepto.

Merece recordar que los soviéticos no aceptaban que las compañías privadas realizaran actividades espaciales, dado el “ultrarriesgo” de daños de gran magnitud y su probable incapacidad de cubrir las reparaciones o indemnizaciones correspondientes. En virtud de que el Estado soviético realizaba todas las actividades espaciales, no quería aceptar la intervención espacial de las compañías privadas estadounidenses, que ejercían en ese gobierno fuerte influencia por su capacidad tecnológica, recursos humanos calificados y gran experiencia en la producción de partes integrantes de satélites y naves tripuladas. Lo cierto es que el gobierno de Estados Unidos tenía planes concretos para acudir a la ayuda de compañías privadas (en esencia las grandes transnacionales) en el desarrollo de actividades espaciales. Finalmente, ambos países coincidieron en limitar la acción privada en el ámbito sideral.

Tratado de la Luna

Además, existe el Acuerdo que Gobierna las Actividades de los Estados en la Luna y otros Cuerpos Celestes, más conocido como el Tratado de la Luna, y que transfiere jurisdicción de todos los cuerpos celestes (incluyendo las órbitas cercanas a tales cuerpos) a la comunidad internacional, firmado en 1979 y en vigor en 1984. Sólo 18 países han firmado y ratificado el tratado. No lo han firmado EEUU, Rusia, China ni Argentina, entre otros.

Este tratado declara que la Luna ha de ser utilizada para el beneficio común de todos los Estados y todos los pueblos de la comunidad internacional. Además, pretende que la Luna no se convierta en una fuente de conflicto internacional. Ciertos puntos a destacar del tratado:

  • Se prohíbe a los Estados reclamar soberanía sobre los cuerpos celestes (art 11).
  • Prohíbe la propiedad de cualquier territorio extraterrestre por parte de una persona u organización, a menos que sea internacional y gubernamental (art 11, 3).

Ni la superficie ni la subsuperficie de la Luna, ni ninguna de sus partes o recursos naturales podrán ser propiedad de ningún Estado, organización internacional intergubernamental o no gubernamental, organización nacional o entidad no gubernamental ni de ninguna persona física. El emplazamiento de personal, vehículos espaciales, equipo, material, estaciones e instalaciones sobre o bajo la superficie de la Luna, incluidas las estructuras unidas a su superficie o la subsuperficie, no creará derechos de propiedad sobre la superficie o la subsuperficie de la Luna o parte alguna de ellas. Las disposiciones precedentes no afectan al régimen internacional a que se hace referencia en el párrafo 5 del presente artículo.

El hecho es que continúa creciendo inusitadamente el número y proyectos espaciales en que intervienen grandes transnacionales norteamericanas con desarrollo de alta tecnología en la materia (algunas de ellas encubiertas bajo el ropaje de entidades “mixtas” o “semipúblicas”, figuras ambas no contempladas suficientemente por el derecho internacional público).

Otro cuestionamiento que debe plantearse es si es posible calificar de “actividad espacial” el que un individuo persona física declare públicamente que tiene propiedad sobre la Luna y otros cuerpos celestes, sin apropiarse materialmente, y luego proceda a vender terrenos de ellos, a diestra y siniestra. Sobre el particular, nuevamente aparece el criterio del Instituto Internacional de Derecho Espacial, que ha reprobado categóricamente la creciente tendencia de individuos de declarar a la Luna y otros cuerpos celestes como propios y proceder a comerciar abiertamente con terrenos. Sin señalar a ninguna nación en específico, este instituto elevó en 2004 -reiterado en 2007, 2009 y 2011- un llamado a todos los Estados de apegarse a la Carta del Espacio y responder con firme rechazo a este tipo de declaraciones. También varios de sus miembros han hecho análisis de esta problemática y han publicado artículos que condenan estas prácticas. Estos hechos ponen de relieve que tales declaraciones de propiedad y la subsecuente venta de terrenos fuera de la Tierra se consideran actividades espaciales, aun cuando los que declaran ser propietarios o los compradores no tengan la posibilidad de tomar posesión física de tales terrenos en los cuerpos celestes.

Para concluir, en la práctica, hasta ahora, en la situación particular de la Luna y otros cuerpos celestes, ningún Estado se ha atrevido a respaldar las declaraciones de propiedad de individuos o compañías privadas, ni la comercialización de predios en esos cuerpos siderales, por lo que es válido concluir que dichas declaraciones y transacciones carecen enteramente de valor legal en los órdenes nacional e internacional.

(*) Abogada. Docente jubilada de Cátedra Derecho Internacional Público. Facultad de Derecho (UNC)

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