Se trata de aquellos dependientes de las municipalidades de Toledo y Las Gramillas, así como de las comunas de La Serranita, El Crispin, Dique Chico y Km 658
Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito
Resolución N° 32
Córdoba, 10 de octubre de 2024
VISTO: lo dispuesto por los artículos 13 y 14 de la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 (t.o. 2004), su Decreto Reglamentario N° 318/07 y lo actuado en Expediente Nro. 0458-001792/2024, Expediente Nro. 0458-001799/2024, Expediente Nro. 0458001795/2024, Expediente Nro. 0458-001794/2024, Expediente Nro. 0458-001796/2024 y Expediente Nro. 0458-001789/202, por los que las Municipalidades de Toledo y Las Gramillas y Comunas de La Serranita, El Crispin, Dique Chico y Km 658, respectivamente, solicitan reconocimiento y homologación del Centro Emisor de Licencias de Conducir que actualmente operan en sus localidades.
Y CONSIDERANDO:
Que, esta Dirección General, en ejercicio de sus atribuciones, dispuso la realización de una Auditoria a los referidos Centros de Emisión de Licencias de Conducir, de acuerdo a los lineamientos establecidos por los Anexos “B” e “I” del Decreto reglamentario N° 318/07.
Que, en cada Auditoría supra consignada se procedió a verificar los pasos legalmente exigibles a efectos de la emisión de las Licencias de Conducir, concluyendo en aconsejar a esta instancia administrativa, que puede procederse a la homologación de los Centros Emisores con cargo y sujeto al cumplimiento de distintas observaciones puntualizadas en los informes respectivos.
Que, en virtud de ello, corresponde dictar instrumento legal que proceda al reconocimiento y homologación de los Centros de Emisión de Licencias de Conducir de las Localidades requirentes.
Que, por último y a efectos de cumplimentar los requisitos legales de rigor y atendiendo que a partir de la presente homologación los Centros Emisores deberán ajustarse a las especificaciones técnicas establecidas en el art. 7 inc “B” y Anexo “B” del Decreto Reglamentario 318/07. Por ello, en ejercicio de sus facultades.
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESUELVE: 1°. – HOMOLOGAR los Centros de Emisión de Licencias de Conducir dependientes de las Municipalidades de TOLEDO y LAS GRAMILLAS y Comunas de LA SERRANITA, EL CRISPIN, DIQUE CHICO Y KM 658, todas de la Provincia de Córdoba, los que se encuentran habilitados a partir de la fecha en concordancia a lo dispuesto por la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 (T.O. 2004) y su Decreto Reglamentario N° 318/07.
2°. – NOTIFICAR a las Localidades cuyos Centros Emisores ha sido homologados por el artículo anterior, bajo condición de cumplimiento de las observaciones que se le notifican por cuerda separada y que serán auditadas en un plazo no mayor a noventa (90) días contados a partir de la publicación de la presente.
3°. – ASIGNAR a las Municipalidades de TOLEDO y LAS GRAMILLAS y Comunas de LA SERRANITA, EL CRISPIN, DIQUE CHICO y KM 658, los códigos de seguridad a insertar en las licencias de conducir a emitir.
4°. – ORDENAR, que por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O .2004), a la Dirección General de la Policía Caminera y a la Dirección de Innovación Tecnológica del Ministerio de Justicia y Trabajo.
5°. – PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: RIZZOTTI MIGUEL ÁNGEL, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 204 del 14 de octubre de 2024.