Hoy es la fecha límite para realizar el pago de contado o hasta en 3 cuotas de las obligaciones a regularizar.
Los contribuyentes o responsables que paguen sus deudas al contado o en un plan de hasta tres cuotas, obtendrán la condonación de 50% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión.
En tanto, aquellos que requieran la cancelación de sus deudas por medio del resto de planes de facilidades de pago (RG 5525) obtendrán la condonación de 40% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión.
En este régimen se podrán regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social -detalladas en el artículo 3° de la ley 27743– vencidas al 31 de marzo pasado, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.
El Banco de la Nación Argentina tiene vigente una línea de créditos para mipymes destinada a la cancelación de deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social prevista en el Régimen de Regularización de Obligaciones.
Se accede a un crédito de hasta el 100% de la deuda ingresada en el régimen, que se puede cancelar en 30, 60 o 72 cuotas mensuales.