La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó trámites burocráticos para facilitar la importación de mercaderías. Por un lado, suprimió los valores criterio que implicaban que, en el ingreso de bienes al país, estos debían pasar por un control de los valores, que conllevaba la obligación de obtener garantías de los importadores. Por otro lado, modernizó el régimen de identificación de determinadas mercaderías, que hasta ahora utilizaban estampillas fiscales aduaneras.
La resolución 5582/24 deja sin efecto otra resolución, la 2730/09, así como toda otra norma que establezca valores criterio de importación. De esta manera, las mercaderías que ingresen al país para consumo podrán ser seleccionadas para ser sometidas a un control de valor ex post, en base al procedimiento y parámetros que la Dirección General de Aduanas establezca en el marco de sus competencias, a partir de un enfoque basado en el análisis de riesgo y la utilización de nuevas tecnologías, la simplificación del comercio internacional y el debido control aduanero.
Con esta normativa, la Aduana podrá requerir, al momento de la oficialización de la importación para consumo, la constitución de una garantía, únicamente en aquellos casos en los cuales, en base a datos objetivos y justificados, el operador pudiese presentar un riesgo al interés fiscal o cuando la diferencia entre el valor declarado y el establecido por las normas vigentes sobre control de valor exceda de parámetros razonables.