viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Reforma judicial en México: ¿avance o retroceso?

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Por Armando S. Andruet (h) twitter: @armandosandruet

Días pasados, se recordó el “Día de la Magistratura y la Función Judicial” en la República Argentina y la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Córdoba cumplió, como lo hace desde varios años, saludando a los magistrados y funcionarios que han dejado de ser activos en el espacio jurisdiccional. En la ocasión, también, se destacó especialmente la figura, trayectoria y compromiso de nuestra antigua y muy apreciada colega en el Tribunal Superior de Justicia, Dra. Mercedes Blanc de Arabel.  

Por su parte, la presidente de la asociación, Dra. Silvana Chiapero, brindó -como en otros años- un discurso importante, en el que focaliza temas centrales de preocupación para la magistratura; mencionó en esta ocasión dos cuestiones, y se ocupó de señalar lo que corresponde a la integración femenina en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que no parece ser un tema de interés para el Ejecutivo Nacional. 

El tema restante, que solo fue mencionado, se vincula con uno al que hemos venido siguiendo con atención y estábamos aguardando una sesión clave que se cumplió en el Senado de México el pasado día 11 para quedar ya encaminado a su fin, como es la reforma judicial federal en esa país, restando que ella sea avalada por más de 50% de los congresos de los 32 estados, un mero trámite a la luz, del amplio poder territorial del partido que vertebra al Gobierno.

A tal respecto, ya varios jueces y espacios académicos mexicanos nos habían consultado acerca de los compromisos éticos que los jueces tienen con las transformaciones legales que tienen un alto impacto en el Poder Judicial y que pueden ser miradas con preocupación desde el prisma de la defensa de la democracia, la institucionalidad del Poder Judicial, la división de poderes y la afectación a los derechos humanos. 

En ese orden, los jueces españoles requirieron a la Comisión de Ética de ese Poder Judicial una consulta para informar acerca de si manifestarse en contra de una iniciativa legislativa que amenaza la independencia judicial podía llegar a ser considerada una afectación a algún principio ético, a lo que se respondió “no”, en tanto exista un ponderado convencimiento de la denuncia que se formula y no esté anclada dicha posición en algún interés que exceda lo judicial. De ello nos ocupamos en este lugar con fecha del pasado 13 de marzo.

En ese orden, desde que el presidente López Obrador puso en marcha dicha reforma y que será operativizada por su continuadora, Claudia Sheinbaum, ha sido rechazada por la totalidad del estamento judicial, también mediante manifestaciones públicas de ciudadanos, la oposición política y la Barra Mexicana de Abogados. 

Dicho proyecto, que desde hace menos de 15 días se encamina a ser ley, fue aprobado por el Senado de la Federación con una mayoría agravada por 86 votos a favor y 41 en contra, sin abstenciones. El nombrado guarda algunas semejanzas con el proyecto que hace algunos años se pretendió para nuestro país conocido como de “Democratización de la Justicia” y acerca del cual nos mostramos en contra y dimos las razones públicas para ello en los espacios académicos y científicos correspondientes; en este lugar también lo apuntamos. 

El caso de México es mucho más complejo que lo pretendido otrora para Argentina; por de pronto, no habrá en México derechos adquiridos de jueces/zas sino que la totalidad de ellos, sin mirar instancia alguna, serán puestos a la votación popular. Huelga señalar que nos referimos solo a los jueces federales y no a los estaduales -a contrario de como sucede en EEUU, donde 43 de los 50 estados tienen algún tipo de designación por votación de sus jueces-, aunque algunos creen que luego, los estados que adscriben políticamente al presidente y a su continuadora irán a por dicha transformación. De cualquier modo, se estima que unos 1.650 jueces/zas de los 32 circuitos judiciales serán sometidos a dicha práctica de elección libre, directa, secreta y popular, que se habrá de iniciar en 2025.

Además de ello, se reduce el número de Ministros de la Suprema Corte, que hoy son 11 a la cantidad de nueve, también elegidos por  igual metodología por un período de 12 años y no de 15 como es actualmente. También se elimina el “Consejo de la Judicatura Federal”, que es quien hasta hoy, se encarga de hacer las selecciones respectivas que luego el Poder Legislativo acuerda o no; y se generan dos nuevos órganos. Uno de ellos es el “Tribunal Disciplinario Judicial”, que tendrá facultades amplias -también discutibles- que parece, incluso, que podrá hacer un juzgamiento del contenido de las sentencias de los jueces/zas, además de las funciones administrativas, de carrera judicial y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del Poder Judicial. 

El otro órgano, se denomina “Instituto Nacional de Elecciones y Consultas” que se ocupará de todo lo que concierne a logística del proceso electivo de los magistrados, postulaciones, selecciones, acreditaciones, promoción, utilización de espacios públicos radiales, gráficos, etcétera.

Lo que parece incuestionable, puesto que los propios jueces/zas lo reconocen, es que el Poder Judicial en México no funciona como debería; se critica de que un porcentaje algo superior a 90% de las causas quedan impunes, de que existe una clara incidencia política en la toma de decisiones y que la práctica del nepotismo judicial es moneda corriente en todos los escalafones de la justicia federal; anteponiéndose la lealtad de los jueces/zas con el Poder Judicial, antes que con el texto constitucional alimentando así, lo que se nombra como el “Club Judicial” y que esconde la matriz endogámica que es percibida negativamente.

Los espacios académicos y políticos que defienden el proyecto sancionado, señalan que,estando politizado el sistema de justicia, el camino para su transformación no puede ser sino, con un giro de 180 grados como el pretendido. Y que los aspectos que los jueces/zas impugnan so pretexto de la supuesta politización que se producirá, en razón de quienes habrán de financiar las campañas electivas de los jueces/zas no es argumento suficiente, porque tales aspectos estarán resuelto con criterios de máximo cuidado en la reglamentación respectiva. 

Para ello se argumenta que las campañas durarán 60 días sin etapas de precampañas. Se impedirá todo tipo de financiamiento público o privado y que los jueces, mostrarán una grilla temática que el “Instituto Nacional de Elección y Consulta” como tal habrá de aprobar. “Los candidatos tendrán acceso a tiempos de radio y televisión para difundir sus propuestas y podrán participar en foros de debate. Los partidos políticos no podrán realizar proselitismo a favor o en contra de las candidaturas”.

El nombrado proceso electivo será cumplido con progresividad y por distritos judiciales, para lo cual cada uno de los tres poderes conformarán una postulación de dos jueces/as, por lo que la elección será realizada sobre seis para cada uno de los estamentos y deberán tener una serie de condiciones generales, entre ellas: para “ser elegido para la Suprema Corte, además del título de abogado, un promedio mínimo de 8,0 y de 9,0 en las materias relacionadas con el cargo a que se postula y al menos cinco años de experiencia profesional en el ejercicio de la actividad jurídica”. Los jueces/zas actuales señalan que los requerimiento son de menor relevancia de las que ellos mismos tuvieron que cumplir para acceder a dicho cargo. 

También -para los restantes- presentar “un ensayo de tres cuartillas donde justifiquen los motivos de su postulación y remitan cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo” (Vide https://cnnespanol.cnn.com/2024/09/03/reforma-judicial-amlo-mexico-orix/; https://www.gob.mx/segob/prensa/reforma-al-poder-judicial-responde-al-reclamo-de-justicia-del-pueblo-de-mexico-segob?idiom=es). Los jueces para la Corte serán nominados en una cantidad de 10 por cada uno de los Poderes del estado. Destacan las fuentes consultadas que Human Rights Watch se ha mostrado insatisfecho con la propuesta, al igual que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas y la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Nuestro juicio provisorio, puesto que nos falta información, no puede soslayar que México está atravesado y no sólo el sistema de justicia, por la corrupción que el narcotráfico despliega y expande en un entramado que alcanza toda la malla social y política y que permite hacer manipulaciones comprando la voluntad de los electores. El voto popular para los jueces en ningún lugar (EEUU, Bolivia, Perú) tiene buena fama. Los jueces tienen una legitimación democrática indirecta, podrán ser sometidos a mejores exámenes y mayor definición de perfil, mayor control ético y mecanismos de seguimiento de su capacitación. Pero no creemos que la elección similar a un hombre que opta por la política pública sea el camino adecuado para encontrar los mejores jueces/juezas.

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