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Qué se alegó para sobreseer a ruralistas que protestaron contra la resolución 125

2008. La norma se dictó cuando Martín Lousteau era ministro de Economía de Cristina Fernández de Kirchner.
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A más de 16 años del dictado de la Resolución 125, durante el primer mandato de Cristina Fernández de Kirchner y con el radical Martín Losteau encabezando el Ministerio de Economía, la Justicia sobreseyó a ex funcionarios y dirigentes procesados por entorpecimiento de servicios públicos, por un corte en la Ruta 9, a la altura de San Pedro, provincia de Buenos Aires.

La Cámara Federal de Rosario, que intervino tras los procesamientos dictados en 2019, tres años después de los sobreseimientos que dictó el juez federal de San Nicolás Carlos Villafuerte Ruzo, declaró extinta la acción penal.

El fallo benefició a los sampedrinos Norma Atrip, ex presidenta del Concejo Deliberante; Mario Barbieri, ex intendente; Juan Almada, ex secretario de Gobierno; Facundo Vellón, ex secretario de Coordinación; Silvio Corti, ex dirigente de la Federación Agraria, y Raúl Victores, ex titular de la Sociedad Rural de la localidad.

También desvinculó a los dirigentes de la Mesa de Enlace Luciano Miguens y Hugo Biolcatti -ex presidente y vice respectivamente, de la Sociedad Rural Argentina; Eduardo Buzzi -ex titular de Federación Agraria Argentina-; Fernando Gioino -ex presidente de CONINAGRO-y Mario Llambías -ex presidente de Confederaciones Rurales Argentinas.

Además, la medida incluyó a los referentes ruralistas María del Carmen Alarcón (del Grupo Pampa) y Osvaldo Simiele, entre otros, y a la diputada nacional Margarita Stolbizer.

La manda que impuso retenciones móviles a la exportación de oleaginosas desató el denominado “conflicto con el campo” y provocó más de 120 días de protestas de productores en todo el país.

Hecho
Sin analizar cuestiones relativas al hecho en sí, la Cámara consideró que en el caso se afectó la garantía de los encausados a ser juzgados en un plazo razonable.

En ese sentido, recordó que la Corte Suprema estableció que para salvaguardar el derecho de los imputados a un pronunciamiento sin dilaciones indebidas, el instituto de la prescripción de la acción penal constituye el instrumento jurídico adecuado.

Así, enfatizó que la doctrina que reza que la administración de justicia no puede demorarse ad infinitum es clara y que, por ello, la prescripción debe resolverse en forma previa a cualquier decisión sobre el fondo.

La causa se generó el 19 de marzo de 2008, cuando se desplegó un acto en la Ruta 9, a la altura de San Pedro, con presencia de dirigentes ruralistas y productores de todo el país y un escenario montado en el cantero central de la vía.

El por entonces fiscal federal Juan Patricio Murray ordenó liberar la ruta, que estuvo cortada y con largas filas de vehículos. En ese marco, se concretaron detenciones y hubo incidentes y represión de las fuerzas de seguridad, con Gendarmería y Prefectura encabezando los procedimientos.

En junio de 2008, los imputados fueron indagados. Sobre el final del año, el magistrado Villafuerte Ruzo declaró la falta de mérito.

El agente Murray apeló con éxito y la  Cámara le devolvió el expediente al juzgador para que resolviera.  

En 2017, el juez federal de San Nicolás sobreseyó a los imputados. Sin embargo, una nueva apelación derivó en el procesamiento: Villafuerte Ruzo dictó una nueva sentencia atendiendo al voto mayoritario de la Alzada.

Descargos
A lo largo de los años muchos encartados hicieron descargos; incluso, se promovió un recurso extraordinario que fue rechazado.

A su turno, los representantes de Biolcatti, Miguens y Simiele sostuvieron que ejercieron el derecho constitucional a la libre expresión y que el supuesto entorpecimiento se produjo como consecuencia de rodados y gente que pasaba por el lugar sin ser identificados.

Por su parte, la defensa de Victores, Bozicovich y Ducret manifestó en el expediente que “el acontecer histórico” que rodeó a la Resolución 125 debía “aportar razonabilidad” a la hora de pretender criminalizar conductas. También planteó que el derecho a manifestarse se encuentra expresamente previsto en la Constitución nacional y en los tratados internacionales.

El letrado de Buzzi planteó algo similar. “Hubo un proceso social histórico de resistencia ante el pretendido avance del Gobierno de turno sobre las rentas agrarias”, planteó, alegando que en ese contexto se convocó a una manifestación popular, pública, pacífica y preanunciada a la vera de la autopista.

Venganza
Cabe recordar que, sobre el final de 2019, cuando los sobreseídos fueron procesados, la dirigencia del sector agropecuario cuestionó la decisión.

Uno de ellos fue el productor, dirigente rural, ex Ministro de Agricultura de Mauricio Macri y ex diputado nacional Ricardo Buryaile, quien en sus redes sociales planteó que con la llegada al poder del ex presidente Alberto Fernández se puso en marcha un “Ministerio de la venganza”.

En el mismo sentido se pronunció el por entonces encartado Víctores, quién en declaraciones al diario La Nación afirmó que la incriminación era “un disparate”. 

El ex presidente de la Rural sampedrina sumó que si el fallo judicial no era una “vendetta” era algo “bastante parecido”.

Por su parte, Buzzi afirmó que habría que multiplicar “por 10” a los tribunales para que entraran los expedientes los dirigentes sociales que cortaron la calle alguna vez. “¿Qué tipo de ensañamiento hay con el campo?”, agregó, en diálogo con radio Rivadavia.

Paralelamente, aventuró que el procesamiento podía ser un intento de “disciplinar” al campo. “Nos avisan: si vuelven a protestar, ahí está lo que les pasa. ¿Qué coherencia hay entre esto y lo que dijo Fernández en el Congreso, que la Justicia no será una herramienta de persecución?”, acotó.

“Menudo favor le están haciendo a Fernández. Lo dejan en offside a 24 horas de su discurso en el Congreso”, continuó, y cerró: “Quiero creer que el kirchnerismo no motorizó esto y que tal vez alguno en el sistema judicial quiso ser más papista que el papa”.

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