viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Aprueban bases y condiciones del Concurso “Voucher de Innovación Colaborativa III”

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Asignan al programa un presupuesto total de pesos ochenta millones de pesos y podrán ser beneficiarias aquellas empresas constituídas como personas jurídicas y radicadas en la provincia de Córdoba.  El programa tiene por fin apoyar el desarrollo de oferentes de soluciones orientadas a resolver las necesidades del sistema productivo y conectar demandas consolidadas del sector privado con aliados que desarrollen soluciones tecnológicas, facilitando la transferencia de conocimiento

Agencia Córdoba Innovar y Emprender de la Provincia de Córdoba

Resolución N° 29 

Córdoba, 06 de agosto de 2024 

VISTO Que mediante Ley Provincial 10351 y Decreto N° 664/16, el Gobierno de la Provincia de Córdoba dispuso la creación dentro del ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, de la “Agencia Córdoba Innovar y Emprender Sociedad de Economía Mixta” 

Que es objeto de la Agencia todo lo inherente a la promoción del Financiamiento y la ejecución de programas y proyectos tendientes a incrementar los procesos de innovación, de desarrollo territorial y de valor agregado a la producción en empresas, emprendimientos, actores y sistemas productivos de la Provincia de Córdoba a través de la articulación y el cofinanciamiento con los sectores de la sociedad civil involucrados, mediante la administración de fondos aportados por el sector público y el sector privado en partes iguales. El Acta de Directorio n° 81 de fecha 24 de julio de 2024 por medio de la cual se aprobaron los lineamientos básicos del concurso “Voucher Innovación Colaborativa III”. 

CONSIDERANDO: 

Que el Concurso “Voucher para Innovación Colaborativa III” tiene como objetivo general favorecer el desarrollo y la implementación de soluciones tecnológicas e innovadoras a través del financiamiento de pruebas de concepto que den respuesta a desafíos de productividad y/o competitividad planteados por empresas y que tengan como meta la innovación en productos, procesos o modelos de negocios. Los objetivos específicos del Concurso son: Promover el desarrollo y la transformación de productos, procesos y modelos de negocio de las empresas, acelerando la consolidación de iniciativas innovadoras. 

Apoyar el desarrollo de oferentes de soluciones orientadas a resolver las necesidades del sistema productivo. Conectar demandas consolidadas del sector privado con aliados que desarrollen soluciones tecnológicas, facilitando la transferencia de conocimiento. Podrán ser beneficiarias aquellas empresas, constituídas como personas jurídicas y radicadas en la provincia de Córdoba. 

Las mismas deben poseer capacidad financiera, gerencial y técnica para ejecutar un proyecto de innovación colaborativa. Se seleccionarán un máximo de 10 (diez) empresas radicadas en la provincia de Córdoba o hasta agotar el presupuesto disponible. El beneficio consistirá en financiar en concepto de Aporte No Reembolsable (ANR) hasta el 50% del costo total de la propuesta de solución para la innovación presentada por la empresa. Dicho beneficio podrá ser de hasta $8.000.000 (ocho millones de pesos argentinos). 

La empresa deberá aportar los recursos restantes con la finalidad de garantizar la ejecución de la Propuesta de Innovación (PI). El Concurso prevé, además, un beneficio de acompañamiento realizado por un Dinamizador de Innovación (DI), quien auditará y acompañará a la empresa seleccionada en la implementación del plan de trabajo, ejecución de presupuesto y presentación de rendiciones de gastos e informes correspondientes conforme Anexo I – Dinamizador de Innovación de las presentes Bases y Condiciones. 

POR ELLO EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA CÓRDOBA INNOVAR Y EMPRENDER S.E.M. RESUELVE: 

Artículo 1°: APROBAR las Bases y Condiciones y anexos del Concurso “Voucher de Innovación Colaborativa III”, el cual se adjunta y forma parte integrante de la presente. 

Artículo 2º: ASIGNAR al programa un presupuesto total de pesos ochenta millones ($80.000.000). 

Artículo 3º: DETERMINAR que las presentaciones podrán efectuarse desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial siendo la convocatoria de modalidad ventanilla abierta hasta el 30 de noviembre de 2024 o hasta agotar presupuesto. 

Artículo 4°: PUBLICAR en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a sus efectos. 

Artículo 5°: AUTORIZAR a la Gerencia de Administración a realizar la afectación presupuestaria previa por el monto correspondiente y la contratación necesaria del Dinamizador de Innovación, previendo un monto de pesos ochocientos mil ($800.000) por empresa acompañada hasta un máximo total de pesos ocho millones ($8.000.000). 

Artículo 6°: IMPUTAR el egreso que demande la Jurisdicción: 820 – Cat. Programática: 821. Ejercicio 2024. 

AUTORIZAR a la Gerencia de Operaciones a crear la cuenta contable en la cual se reflejará la ejecución del presente programa. 

FDO. MANUEL MAXIMILIANO RON. PRESIDENTE – AGENCIA CÓRDOBA INNOVAR Y EMPRENDER SEM.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 159 del 9 de agosto de 2024.

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