Rige para el pasado día 1 de julio a los fines procesales y administrativos. La medida se dictó debido a que ese día se materializaron dificultades técnicas que impidieron el normal ingreso a la herramienta “Expediente Electrónico”
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba
Resolución N° 29
Córdoba, 01 de julio de 2024
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 2°, párrafo 4° la Ley 10.930.
Y CONSIDERANDO:
Que por razones operativas ajenas a esta repartición, el día 01 julio de 2024 se materializaron dificultades técnicas que impidieron el normal ingreso a la herramienta “Expediente Electrónico”, las que han sido notificadas a la Secretaria de Innovación e Infraestructura del Ministerio de Economía y Gestión Pública, sin que se hayan solucionado hasta las 13 hs. del día de la fecha.
Que las razones expresadas tornaron imposible la materialización del trámite normal de los expedientes electrónicos ingresados al Tribunal. Por ello y las facultades previstas en los arts. 2 y 23 y concordantes y correlativos de la ley Nº 10.930;
EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
I. DECLARAR inhábil a los fines procesales y administrativos el día lunes 01 de julio de 2024, por las razones consignadas en los Considerandos de la presente resolución.
II. PROTOCOLICESE, notifíquese y archívese.
FDO.: BELTRÁN CORVALÁN, PRESIDENTE – MARIO CÉSAR RAÚL AGÜERO, PROSECRETARIO DE FISCALIZACIÓN LEGAL.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 133 del 3 de julio de 2024.