El Juzgado de Primera Instancia de Familia de 5ª Nominación de Córdoba hizo lugar al incidente de suspensión de régimen de comunicación paterno-filial efectuada por una madre, quien argumentó que la salud emocional y física de sus hijos se encontraban en riesgo al cuidado del padre y que tenían miedo de estar con él.
Como medida de intervención interdisciplinaria emplazó al progenitor a los fines de que se incorpore a un espacio terapéutico y destacó que en la decisión se tuvo en cuenta el interés superior de los hijos y el respeto del derecho a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta, conforme a la capacidad progresiva.
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