<?xml version="1.0"?><nbibliografica> <intro></intro><body><page>El libro en comentario –destinado a convertirse en un clásico– aborda metódica y exhaustivamente los principales dilemas que hoy plantea la Bioética a la luz –principalmente– de la ciencia del Derecho, ocupando un espacio largamente esperado en nuestro medio donde, lamentablemente, no existen obras de la dimensión y singulares características que posee la que comento. En este cometido, entonces, no dudo en anticipar que el texto satisface, insuperablemente, el caro e imprescindible ámbito de estudio del que trata, toda vez que los juristas en tiempos pasados han desatendido estos problemas de vital y trascendente importancia para la vida humana. La Bioética, el Derecho y sus estudiosos, pues, deben celebrar con creces la aparición de la obra del Dr. Andruet (h), de profundidad e incomparable abordaje. Lo primero que es dable decir es lo relativo a su título. En él encuentra cabida la exacta síntesis conceptual de la obra en comentario. Y es que los nueve exhaustivos capítulos en los que se divide el texto se ocupan –en diversas temáticas– de la aproximación del Derecho a las ciencias biomédicas, así como de las repercusiones y gravitaciones que tales cuestiones tienen en toda sociedad. Los diversos acápites de la obra tratan, respectivamente, de la Bioética en general, su naturaleza y principios (Cap. I); el consentimiento informado (Cap. II); la relación que debe mediar entre los derechos de los enfermos y la verdad médica (Cap. IV); el derecho a la salud (Cap. III); las particularidades jurídicas y bioéticas que plantea la epilepsia (Cap. V); el problema de la investigación en seres humanos y el Código de Nuremberg (Cap. VI); el denominado “Testamento Vital” (Cap. VII); la eutanasia (Cap. VIII, con especial consideración de la ley holandesa de terminación de la vida a petición propia) y la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos del Hombre (Cap. IX). La totalidad de los temas abordados son analizados en forma minuciosa, expuestos con claridad, sin retacear las elaboraciones normativas y doctrinarias efectuadas en relación con ellos, con agudas críticas del propio autor. De la diversidad de cuestiones estudiadas en la obra, repararé principalmente en tres que –a modo ejemplificativo– ponen en evidencia el interés teórico y práctico de la obra. Me refiero, en primer lugar, al análisis desarrollado en orden al derecho a la salud. En el Capítulo III, con la profundidad y agudeza a la que nos tiene acostumbrados el autor, Andruet (h) se ocupa no sólo de conceptualizar acabadamente este derecho de jerarquía superior, sino que además procura justificar o fundamentar iusfilosóficamente su legitimidad y necesidad. Con un exhaustivo soporte estadístico y normativo, el jurista va desmenuzando los elementos del derecho a la salud, enfatizando su polo pasivo (el sujeto obligado) y remarcando la necesidad de que el Estado asuma el rol que en esa materia le corresponde. Nótese que el reconocimiento y reflexión acerca de la temática aludida resulta de suma importancia en el mundo actual, principalmente para los estudiosos del Derecho. Es que siendo el hombre el eje y centro de la sociedad y de todo ordenamiento jurídico se reconoce el derecho humano a la salud como uno de los más relevantes. Asimismo, merecen atención las reflexiones y críticas desarrolladas con relación al denominado “Testamento Vital”. En el Capítulo VII, Andruet (h) explicita, con claridad destacable, la noción y utilidad de esta figura, las consideraciones jurídicas que pueden formularse sobre ella, las valoraciones éticas o morales que entiende pertinentes, incorporando –como apéndice especial– un útil y completo compendio normativo y documental referido a la materia. En tercer lugar, no puedo dejar de resaltar la exégesis y hermenéutica elaborada en torno a la “Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos” (Cap. IX). La referida normativa internacional es rigurosamente analizada por el autor, donde destaca la profundidad de sus críticas y objeciones de índole jurídicas y bioéticas con jerarquización –casi absoluta– de la dignidad de la persona humana. Tal como lo señala Pizarro: “La tutela de la dignidad humana ocupa un rol prioritario dentro de esta nueva cosmovisión del derecho...el derecho... debe estar obsesionado por la tutela de esa dignidad humana que día a día resulta jaqueada por intrusiones provenientes del Estado, del poder económico y de corporaciones” (Pizarro, R. D, Responsabilidad civil de los medios de comunicación, Bs. As., Hammurabi, 1991, p. 131.). Y esto es, precisamente, lo que se procura en este capítulo de la obra en comentario, el cual no se limita a una hermenéutica gramatical del cuerpo normativo examinado, sino que en todo momento se tiende a un reconocimiento del valor “humanidad” y a la reubicación de la persona como centro del Derecho. Fácilmente puede advertirse que son innumerables los contenidos que he dejado al pasar en esta glosa, y sabemos que el lector sabrá entender el porqué de esta somera reseña bibliográfica y sus limitaciones. Deberá, entonces, recurrir a la propia obra para saciar su interés. De otro costado, debe ponerse de relieve que el autor ha tenido la feliz iniciativa de consignar, en la parte final del libro, un apéndice documental con distintas disposiciones legales y reglamentarias de aplicación en las materias tratadas, así como acompañar las más actualizadas declaraciones relacionadas a la Bioética, lo que resulta de gran utilidad y enriquece indudablemente la labor realizada. Coronan la obra una completa y actualizada bibliografía en la materia (ordenada alfabéticamente) y un índice analítico donde el lector podrá ubicar con facilidad las cuestiones o temas de mayor interés, lo que brinda al texto un cariz de indudable carácter práctico. Esfuerzo loable, si se pondera la variedad temática abarcada. A más de todo lo reseñado, y como si esto fuera poco, no podría dejar de resaltar la excelente edición de la obra. En una tarea conjunta entre la flamante Editorial de la Universidad Católica de Córdoba y Alveroni Ediciones, la obra ha sido publicada con una prolijidad y seriedad merecedoras del mayor de los reconocimientos. Para finalizar, diré que el texto comentado importa un valioso y significativo aporte a nuestra bibliografía. Con gran seriedad intelectual, con importante sustento de legislación y doctrina, con exposición de ideas originales y formulación de atinadas críticas, Andruet (h) aborda cada uno de los temas propuestos en el análisis. Efectivamente, como bien lo señala el Dr. Carlos Romeo Casabona en el interesante y rico prólogo de la obra, el texto comentado se erige como un serio y profundo análisis de cuestiones bioéticas y jurídicas trascendentales. La lectura del libro que se comenta confirmará, sin dudarlo, las conclusiones formuladas en estas líneas.</page></body></nbibliografica>