<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la Ciudad de Córdoba a siete días del mes de julio del año dos mil veintiuno, con la presidencia de la Dra. María Marta Cáceres de Bollati, se reunieron los señores Consejeros, integrantes del Consejo de la Magistratura creado por Ley 8802, Dres. Julián López, Héctor R. David, María Laura Labat, Jorge M. Flores, Emilio F. Andruet y Fernando Martínez Paz y ACORDARON: <bold>Y VISTO: ... Y CONSIDERANDO: … El Consejo de la Magistratura RESUELVE: </bold> 1 - Disponer que quienes integren el Consejo de la Magistratura, en calidad de Consejeros -titulares y suplentes- así como quienes integren las Salas Examinadoras del Consejo de la Magistratura, deberán acreditar su capacitación en género (Ley Micaela) para poder participar en los diversos concursos que el Consejo organice. 2 - Disponer que quienes aspiren a concursar (postulantes) al inscribirse deberán acreditar haber cursado y aprobado capacitación en género (Ley Micaela). 3 - Publicar el presente Acuerdo por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Consejo. 4 - Remitir a la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales, a la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia y a las Facultades de Derecho (públicas y privadas) copia del presente Acuerdo. 5 - Protocolícese, notifíquese y archívese&#9830;</page></body></legislacion>