<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>Córdoba, 1 de junio de 2021 <bold>VISTO:</bold> La sanción de la Ley N° 10508 de fecha 13/12/17 por parte de la Legislatura de la Provincia de Córdoba y el Acuerdo Reglamentario N° 1476 Serie "A" de fecha 5/3/2018 del Tribunal Superior de Justicia, por los que se dispone la creación de los Juzgados de Familia de Séptima y Octava Nominación de la Ciudad de Córdoba. <bold>Y CONSIDERANDO: </bold> 1) La creación de los Juzgados mencionados pone de manifiesto la necesidad de equiparar el ingreso de causas judiciales con el fin de armonizar el equilibro de volumen de expedientes entre la totalidad de los Juzgados de Familia de la Ciudad de Córdoba. 2) Receptadas las inquietudes y propuestas de los titulares de los Juzgados se acordó el siguiente esquema de compensación: Establecer que el ingreso "por sorteo" de causas exclusivamente se realice entre los Juzgados de Familia de Séptima y Octava Nominación sobre la base de expedientes activos. Esta disposición se llevará adelante entre el 1/6/2021 y el 30/6/2021 lo que será monitoreado por el Área de Modernización de la Administración General del Poder Judicial a los fines de evaluar que el proceso de equiparación no entorpezca el efectivo servicio de justicia. Quedan excluidos la categoría de juicio "HOMOLOGACIONES" (se trate de las provenientes de acuerdos celebrados en etapa previa de Asesorías de Familia, como la etapa previa del Centro de Mediación). También deben quedar excluidas del sorteo las causas que ingresen por "Protocolo" a cada una de las Áreas Especializadas de Violencia Familiar de los ocho Juzgados de Familia. A los fines de llevar adelante una distribución equitativa y equilibrada, el Juzgado que reciba la causa por sorteo proseguirá el trámite de los expedientes que resulten conexos y que se encuentren radicados en los viejos Juzgados de Familia. Por todo lo expuesto y lo dispuesto en los Arts. 2, 3 y 6 del Acuerdo Reglamentario N° 916/07 Serie "A" dictado por el Tribunal Superior de Justicia, sus modificatorios y ampliatorios; <bold>El señor Administrador General del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba RESUELVE: I)</bold> Disponer que las causas nuevas que ingresen en los Juzgados de Familia entre el 1/6/2021 y el 30/6/2021 se sorteen exclusivamente entre los Juzgados de Familia de Séptima y Octava Nominación de la Ciudad de Córdoba, lo que podrá ser revisado por el Área de Modernización de la Administración General del Poder Judicial. <bold>II) </bold>De forma. <italic>Ricardo Juan Rosemberg</italic>&#9830;</page></body></legislacion>