<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la ciudad de Córdoba, a seis días del mes de mayo del año dos mil veintiuno, con la Presidencia del Dr. Sebastián Cruz López Peña, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa Tarditti, María Marta Cáceres de Bollati y Luis Eugenio Angulo, con la asistencia del señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan Rosemberg y ACORDARON: <bold>VISTO: </bold> I. La sanción de la Ley Provincial N° 10.637, que modifica la Ley N° 9944, de "Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes". II. La necesidad de generar una nominación correlativa de los Juzgados Penales Juveniles de la Sede Capital. <bold>Y CONSIDERANDO: </bold> I. Que por Acuerdo N° 593, Serie "A" de fecha 30/7/19, este Alto Cuerpo resolvió constituir una Comisión, cuyas funciones consisten en el asesoramiento experto para el diseño de las normas prácticas necesarias para la transición y la implementación de la nueva dirección que la reciente legislación otorga a la Justicia Penal Juvenil. II. Que mediante Acuerdo Reglamentario N° 1678 Serie "A" de fecha 29/12/20, se dispuso que la Oficina de Coordinación en Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar, Género y Penal Juvenil del Tribunal Superior de Justicia coordine y articule la comunicación e interacción de todos los operadores judiciales afectados a la temática Penal Juvenil. III. Que bajo la intervención de la comisión designada por el TSJ mediante Acuerdo N° 593, se vienen desarrollando diversas acciones tendientes a la pronta implementación de la reforma en el Fuero Penal Juvenil. IV. Que resulta pertinente adecuar correlativamente las nominaciones de los Juzgados Penales Juveniles de la Sede Capital de la primera circunscripción, en el marco de una reorganización de los recursos disponibles, tendientes a la implementación de la reforma. Por lo expuesto y las atribuciones constitucionales y legales (Constitución Provincial, 166, 2º y LOPJ, 12, 1º), <bold>El Tribunal Superior de Justicia RESUELVE: Artículo 1:</bold> Establecer que el Juzgado Penal Juvenil de 1ra Nominación conservará su nominación, mientras que, el Juzgado Penal Juvenil de 4.ª Nominación; el Juzgado Penal Juvenil de 6.ª Nominación y el Juzgado Penal Juvenil de 7ª Nominación, todos de la Sede Capital, pasarán a denominarse: Juzgado Penal Juvenil de 2.ª Nominación; Juzgado Penal Juvenil de 3.ªNominación y Juzgado Penal Juvenil de 4.ª Nominación, respectivamente. <bold>Artículo 2: </bold>Disponer que el presente Acuerdo Reglamentario entrará en vigencia a partir de su publicación. <bold>Artículo 3:</bold> Comunicar al Área de Administración dependiente de Administración General del Poder Judicial y a las Áreas pertinentes. <bold>Artículo 4:</bold> De forma. <italic> Sebastián Cruz López Peña – Aída L. Tarditti – María Marta Cáceres de Bollati – Luis Eugenio Angulo – Ricardo Juan Rosemberg</italic>&#9830;</page></body></legislacion>