<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la ciudad de Córdoba, a doce días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, bajo la Presidencia de su titular, Dra. Aida Lucia Teresa Tardittti, se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan Sesin, Luis Enrique Rubio, María de las Mercedes Blanc G. de Arabel, María Marta Cáceres de Bollati y Sebastián Cruz López Peña, con la intervención del Sr. Fiscal General de la Provincia, Dr. Alejandro Oscar Moyano y la asistencia del Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan Rosemberg y ACORDARON: <bold>Y VISTO: … Y CONSIDERANDO:… RESUELVE: Art. I.</bold> Ampliar el acceso al Registro Digital de Antecedentes en Violencia Familiar, que posibilitará la búsqueda de antecedentes en materia de violencia familiar a partir de la información registrada en los sistemas Sac Multifuero y Sumarios Judiciales, a los Magistrados y Funcionarios detallados en el Art. III del presente. En el caso de Sac Multifuero, se integrará con las causas donde el tipo de juicio sea: DENUNCIA POR VIOLENCIA FAMILIAR; CAUSAS CON IMPUTADOS – LEY N° 9283; CAUSAS CON IMPUTADOS - MALTRATO INFANTIL – LEY N° 9283; CAUSA CON IMPUTADOS – VIOLENCIA DE GÉNERO EN MODALIDAD DOMÉSTICA – LEY N° 9283; CAUSA CON IMPUTADOS en los casos en donde esté señalado el Modo Violencia Familiar; CAUSAS CON IMPUTADOS – VIOLENCIA DE GÉNERO, CAUSA CON IMPUTADOS – VIOLENCIA FAMILIAR – ATENCIÓN INMEDIATA; CAUSA CON IMPUTADOS – VIOLENCIA FAMILIAR – ATENCIÓN PRIORITARIA; CAUSA CON IMPUTADOS – VIOLENCIA FAMILIAR – ATENCIÓN SECUNDARIA; ACTUACIONES LABRADAS – LEY N° 9283; ACTUACIONES LABRADAS – MALTRATO INFANTIL – LEY N° 9283; ACTUACIONES LABRADAS – VIOLENCIA DE GÉNERO; ACTUACIONES LABRADAS – VIOLENCIA DE GÉNERO EN MODALIDAD DOMÉSTICA – LEY N° 9283; ANTECEDENTES REMITIDOS – LEY N° 9283; ANTECEDENTES REMITIDOS – MALTRATO INFANTIL – LEY N° 9283; ANTECEDENTES REMITIDOS – VIOLENCIA DE GÉNERO; ANTECEDENTES REMITIDOS – VIOLENCIA DE GÉNERO EN MODALIDAD DOMÉSTICA – LEY N° 9283; CONTROL DE LEGALIDAD (LEY 9944 – ART. 56); MEDIDAS PROVISIONALES PERSONALES. Para el caso de Sumarios Judiciales, se integrará con aquellos sumarios donde esté señalado el modo VIOLENCIA FAMILIAR. <bold>Art. II.</bold> Determinar tres niveles diferenciados de acceso al contenido de la información disponible, a saber: Nivel I de Acceso: brinda información sobre la existencia o no de antecedentes. La información se brinda en dos grillas, una para SAC Multifuero y otra para Sumarios Judiciales; y dentro de cada una de ellas, el rol, apellido y nombre de la parte principal, número de expediente o sumario, carátula, dependencia en que se encuentra y fecha de inicio del expediente o sumario según corresponda. <bold>Nivel 2 de Acceso:</bold> Para cada expediente o sumario encontrado, se podrá ingresar a consular la radiografía, observándose el listado de operaciones realizadas. <bold>Nivel 3 de Acceso:</bold> En cada radiografía (de SAC o de Sumario) se podrá acceder al contenido de cada operación. <bold>Art. III.</bold> Aprobar la ampliación de las habilitaciones consensuadas entre este Alto Cuerpo y el Ministerio Público Fiscal, para el acceso diferenciado a la información disponible, autorizando a que, Magistrados y Funcionarios habilitados utilicen la información obtenida a través del Registro de manera exclusiva y restringida para aquellos casos en los que intervengan. <bold>Nivel 1 de Acceso:</bold> Magistrados y Funcionarios de SEDE CAPITAL: Fuero Penal: Asesorías Letradas Penales, Asesorías Letradas de Víctimas, Oficina de violencia familiar – Asesoría Letrada Penal, Fiscalías de Cámara en lo Criminal y Correccional; Juzgados de Ejecución. Fuero de Violencia Familiar: Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género; Asesorías de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, Mesa de Entradas de Asesorías, Oficina de entrada de los Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, Mesa de entrada de denuncias de violencia familiar y de género. Fuero de Familia: Juzgados de Familia, Cámaras de Familia, Fiscalías de Cámara de Familia, Asesorías Letradas de Familia, Mesas de entrada de Asesorías y de los Juzgados de Familia. Magistrados y Funcionarios en el INTERIOR PROVINCIAL: Ayudantes Fiscales, Asesorías letradas con competencia en Penal, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género, Fiscalías de Instrucción con competencia en lo penal, familia y/o niñez, adolescencia, violencia familiar y género; Juzgados con competencia en Control, Familia y/o Niñez, Adolescencia, violencia familiar y género; Cámaras con competencia en lo Criminal y Correccional, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, Fiscalías de Cámara con competencia en criminal y correccional, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, Juzgados de Ejecución, Oficinas únicas de violencia familiar y de género en aquellas sedes en las que se encuentren creadas y en funcionamiento con la modalidad detallada mediante AR TSJ N° 1506. Nivel 2 de Acceso: Magistrados y Funcionarios de: SEDE CAPITAL: Fuero Penal: Asesorías Letradas Penales, Asesorías Letradas de Víctimas, Oficina de violencia familiar – Asesoría Letrada Penal, Juzgados de Ejecución, Fiscalías de Cámara en lo Criminal y Correccional; Fuero de Violencia Familiar: Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género; Asesorías de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género. Fuero de Familia: Juzgados de Familia, Cámaras de Familia, Fiscalías de Cámara de Familia, Asesorías de Familia. Magistrados y Funcionarios en el INTERIOR PROVINCIAL: Asesorías letradas con competencia en Penal, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género, Fiscalías de Instrucción con competencia en Penal, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género; Juzgados con competencia en Control, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género; Cámaras con competencia en lo Criminal y Correccional, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, Fiscalías de Cámara con competencia en lo Criminal y Correccional, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, Juzgados de Ejecución, Oficinas únicas de violencia familiar y de género en aquellas sedes en las que se encuentren creadas y en funcionamiento con la modalidad detallada mediante AR TSJ N° 1506. Nivel 3 de Acceso: SEDE CAPITAL: Fuero Penal: Juzgados de Ejecución, Fiscalías de Cámara en lo Criminal y Correccional; Fuero de Violencia Familiar: Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género; Fuero de Familia: Juzgados de Familia, Cámaras de Familia, Fiscalías de Cámara de Familia, Magistrados y Funcionarios en el INTERIOR PROVINCIAL: Fiscalías de Instrucción con competencia en penal, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género; Juzgados con competencia en Control, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género; Cámaras con competencia en lo Criminal y Correccional, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, Fiscalías de Cámara con competencia en lo Criminal y Correccional, Familia y/o Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, Juzgados de Ejecución, Oficinas Únicas de Violencia Familiar y de Género en aquellas sedes en las que se encuentren creadas y en funcionamiento con la modalidad detallada mediante AR TSJ N° 1506. <bold>Art. IV.</bold> Aprobar el instructivo elaborado por la Subárea de Investigación Desarrollo e Innovación Tecnológica (IDI), que consta en el Anexo I y forma parte del presente. <bold>Art. V.</bold> El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la realización de las modificaciones técnicas necesarias por la Sub Área de Investigación, Desarrollo e Innovación del Poder Judicial. <bold>Art. VI.</bold> De forma.&#9632; N. de R.- Se publica sin Anexo. </page></body></legislacion>