<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la ciudad de Córdoba, a veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan Sesin, María de las Mercedes Blanc de Arabel, María Marta Cáceres de Bollati y Sebastián Cruz López Peña, con la intervención del señor Fiscal General de la Provincia Dr. Alejandro Oscar Moyano y la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan Rosemberg y ACORDARON: <bold>Y VISTO:</bold> El Convenio Marco de Cooperación firmado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, con fecha junio de 2017, con el propósito de optimizar el procedimiento y las modalidades de remisión de resoluciones judiciales registrables dictadas en el marco de procesos penales, y asimismo el requerimiento y contestación de informes de antecedentes penales de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 22.117, modificatorias y complementarias, por el Decreto Reglamentario N° 2004 del 19 de septiembre de 1980 y su modificatorio, y Disposiciones Técnicas. <bold>Y CONSIDERANDO: </bold> I) Que la Sub Área de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica del Poder Judicial y la Oficina de Sistemas del Registro Nacional de Reincidencia que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, con la colaboración de la Oficina de Coordinación, han desarrollado y puesto en funcionamiento un nuevo sistema denominado SSA-CBA (Sistema de Solicitud de Antecedentes Córdoba) para tramitar la solicitud ante el Registro Nacional de Reincidencias, de los Informes de Antecedentes Penales. El nuevo sistema desarrollado en cooperación entre ambas instituciones, constituye una versión superadora de las actuales UER, utilizando tecnologías de Servicios Web para el envío de la solicitud y posterior respuesta de la misma, incluso enviando adicionalmente a los datos que conforman el pedido de informes, metadatos reutilizables por el RNR y las imágenes de las huellas dactilares digitalizadas facilitando la automatización de las tareas de búsquedas y actualización de datos dentro del Registro Nacional. La utilización de dicho sistema genera no solo celeridad en la carga de datos para la confección de solicitudes de antecedentes, sino que también reduce notablemente los tiempos de tramitación del pedido de antecedentes, debido a la posibilidad que el R.N.R. pueda trabajar sobre las huellas en forma individual. Otras de las variadas y notables ventajas que el nuevo sistema incorpora es que se ingresa al mismo a través del Portal de Intranet del Poder Judicial, con lo cual es accesible desde cualquier PC del Poder Judicial. Finalmente, las respuestas a esos pedidos de Antecedentes, que son enviadas desde el RNR, son incorporadas en archivos PDF directa e inmediatamente al S.A.C. o al Sumario Judicial desde el cual fuera solicitado. De esta manera quedan agregadas a la radiografía del expediente y/o sumario digital del cual se solicitó. Esta actualización tecnológica demandará para su correcto funcionamiento la utilización de scaners para obtener las huellas digitales, ya sea que se encuentren en fichas papel u obtenidas directamente de la persona cuyos antecedentes se solicitan, por lo cual se deberá proceder a la instalación del equipamiento necesario destinado a tal fin. En tal sentido resulta conveniente realizar el completo reemplazo y actualización de los sistemas instalados en las Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.) existentes, con el propósito de hacerlo extensivo también a todas las Sedes Judiciales del interior Provincial del Poder Judicial de Córdoba. II) Que en la actualidad el Poder Judicial de ésta Provincia de Córdoba cuenta con 8 (ocho) terminales de U.E.R., tres (3) en Córdoba Capital y las otras cinco (5) repartidas una (1) en cada uno de los asientos de Circunscripción de Río Cuarto, Villa María, San Francisco y Villa Dolores, creadas por Acuerdo Reglamentario N° 508, de fecha 14/09/1999 y una (1) en la Sede Judicial de Arroyito, que fue otorgada con posterioridad a la creación de las anteriores, por el Registro Nacional de Reincidencia. Que las terminales de U.E.R. (Unidad de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales) antes mencionadas, resultan en la actualidad, escasas al momento de dar respuesta inmediata a las solicitudes de Informes de Antecedentes Penales, ya que desde su creación en el año 1999, hasta la fecha, son diversos los aspectos que han contribuido a que hoy las terminales mencionadas resulten insuficientes, como así también aisladas de los demás sistemas del Poder Judicial. III) Que por Acuerdo Reglamentario N° 1221, Serie “A”, de fecha 22/07/2014, se creó la Oficina de Coordinación que depende de la Secretaría Penal del Tribunal Superior de Justicia, la que tiene entre otras tareas, la gestión de recepción y tramitación de pedidos de Informes de Antecedentes Penales, ante el Registro Nacional de Reincidencia como también la coordinación, capacitación y asistencia técnica de la totalidad de Unidades de U.E.R. de toda la Provincia. Que en la actualidad, con la creación y puesta en funcionamiento de las Unidades Judiciales en el Interior Provincial como así también en las Fiscalías y Juzgados de Control de Lucha contra el Narcotráfico, Fiscalías de Violencia Familiar, de Delitos Complejos etc., se ha generado un marcado incremento y flujo de pedidos de Informes de Antecedentes hacia las únicas 8 (ocho) sedes de U.E.R. con las que actualmente cuenta el Poder Judicial de esta Provincia de Córdoba. IV) Que atento a los fundamentos expuestos, resulta conveniente ampliar y dotar a todas las Sedes Judiciales de la Provincia de Córdoba de acceso a este nuevo sistema, haciéndose extensivo dicho cambio a las U.E.R. que actualmente se encuentran en funcionamiento. Así con ello se logrará optimizar la prestación de tan necesario y esencial servicio, garantizando la eficiencia del mismo con mayor agilidad y seguridad. Mediante estas nuevas aplicaciones se lograrán importantes mejoras en el intercambio de información desde el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba hacia el Registro Nacional de Reincidencias y viceversa, lográndose una mejor y más fluida interacción entre organismos, lo que conllevará a un mejor servicio de Justicia. Por lo expuesto y las atribuciones conferidas por los arts. 166 inc. 2 de la Const. Pcial. y 12 inc. 1° de la L.O.PJ., el Tribunal Superior de Justicia; <bold>RESUELVE: </bold> I) Habilitar la puesta en funcionamiento del SSA-CBA (Sistema de Solicitud de Antecedentes Córdoba) destinado al requerimiento y contestación de los informes de antecedentes penales solicitados a la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia por los organismos jurisdiccionales de todas las Sedes Judiciales la provincia de Córdoba incluidas las dependencias del Ministerio Público Fiscal y que fuera diseñado y construido en el marco del Convenio de Cooperación suscripto entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba. II) Establecer que la puesta en marcha de esta nueva modalidad de tramitación de oficios se realizará de manera gradual en toda la provincia y entrará en vigencia en cada una de las sedes en fechas a determinar por la Secretaría General del Tribunal Superior de Justicia conjuntamente con el Ministerio Público Fiscal, comenzando con las sedes de Córdoba Capital, San Francisco, Villa Dolores, Rio Cuarto, Villa María y Arroyito, donde actualmente se encuentran en funcionamiento las terminales de U.E.R. (Unidad de Expedición y Recepción), las que serán reemplazadas por este nuevo sistema de tramitación. III) Encomendar a la Oficina de Coordinación en colaboración con el Área de Tecnologías la elaboración de un cronograma para el despliegue completo del nuevo sistema para el resto de las sedes judiciales, como así también la capacitación y asistencia técnica de primer nivel a los futuros usuarios. IV) Autorizar al Área de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones, dependiente de la Administración General del Poder Judicial a la provisión de todos los recursos técnicos y tecnológicos necesarios para la puesta en funcionamiento de este nuevo sistema, como PC y escáner. V) Disponer que la Subárea de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica del Poder Judicial realice las habilitaciones necesarias para dar acceso al sistema a las personas u oficinas que sean habilitadas previamente por la Secretaría General del Tribunal Superior de Justicia. VI) De forma. <italic>Domingo Juan Sesin – M. de las Mercedes Blanc de Arabel – María Marta Cáceres de Bollati – Sebastián Cruz López Peña – Alejandro Oscar Moyano – Ricardo Juan Rosemberg</italic>&#9632; </page></body></legislacion>