<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la ciudad de Córdoba, a ocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho, con la Presidencia de su Titular Dra. Aída Lucía Tarditti, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique Rubio, María Marta Cáceres de Bollati y Sebastián Cruz López Peña, con la asistencia del señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan Rosemberg y ACORDARON: Y VISTO: El compromiso institucional asumido por el Poder Judicial de Córdoba a fin de garantizar, en igualdad de condiciones, a las personas en situaciones de vulnerabilidad el acceso de justicia y la tutela judicial efectiva, dando así respuesta al mandato constitucional previsto en el Preámbulo y en los arts. 14, 16, 18 y ss de la C.N. y a la normativa internacional consagrada en la Convención Americana de Derechos Humanos (arts. 1.1; 8.1; 25 y ss), las Reglas de Brasilia, nos exige proseguir con la tarea de Reforma a la Estructura Orgánica de la Defensoría Oficial. La motivación está dada en la trascendencia social que tiene y el compromiso del Poder Judicial como poder del Estado a dar repuesta a los ciudadanos, toda vez que la labor desplegada por la Asesoría Letrada es vasta y se vincula con la procura de tutelar de manera efectiva los derechos de las persona que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Y CONSIDERANDO:.. Por ello de conformidad a las atribuciones fijadas en los arts. 16, 2° C. Provincial, 12, 1 y 112 de la L.O.P.J, El Tribunal Superior de Justicia RESUELVE: <bold>Artículo 1°</bold>: Crear la Oficina de Gestión y Apoyo de las Asesoría Civiles la que dependerá del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba -Secretaría Civil y Comercial, la que estará a cargo de un funcionario a quien le corresponderá su Coordinación. <bold>Artículo 2°:</bold> Designar a la Dra. María Gabriela Arata de Maymó coordinadora de la Oficina de Gestión y Apoyo de las Asesoría Civiles de la ciudad de Córdoba. <bold>Artículo 3°:</bold> La Coordinadora tendrá a su cargo el ejercicio de las funciones y tareas, que a título ejemplificativo, han sido enunciadas en el considerando IV). <bold>Artículo 4°</bold>: Facultar a la Secretaria Civil y Comercial del Cuerpo para dictar las normas reglamentarias -generales y obligatorias- que fueran necesarias para el mejor funcionamiento y desarrollo de la oficina creada. <bold>Artículo 5°:</bold> Establecer que el área pertinente dependiente de este Alto Cuerpo deberá procurar los recursos humanos, materiales e informáticos necesarios para que la oficina que por este acuerdo se ha creado pueda cumplir con el servicio encomendado. <bold>Artículo 6°:</bold> Implementar el funcionamiento de la Oficina de Gestión y Apoyo de las Asesoría Civiles a partir del primero de octubre del año dos mil dieciocho. <bold>Artículo 7°</bold>: Comuníquese al Ministerio de Justicia, al Ministerio de Salud, al Ministerio de Acción Social, Colegio de Abogados y demás organismos involucrados. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Incorpórese en la página WEB del Poder Judicial y dese la más amplia difusión. <italic>Fdo: Aída L. Tarditti - Luis Enrique Rubio - María Marta Cáceres de Bollati - Sebastián Cruz López Peña - Lic. Ricardo Juan Rosemberg</italic>&#9632; </page></body></legislacion>