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Fuero Laboral de Córdoba Capital. Implementación de pago electrónico judicial

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Córdoba, 18 de agosto de 2017

Y VISTO:

El Acuerdo Reglamentario Nº 1319 Serie “A” de diciembre de 2015 relativo a las cuentas judiciales y sus procesos asociados.

Y CONSIDERANDO:

I) Que este servicio se encuentra disponible y está diseñado de manera tal que pueda utilizarse por todas las oficinas en el ámbito judicial que lo requieran. Solución que ya funciona de modo estable y óptimo en sede capital e interior, con alto volumen de operaciones.
II) Habiéndose concluido en la sede Capital del Fuero Laboral con la distribución de tarjetas inteligentes, certificados digitales y gestión de acreditación con la autoridad de registro, acciones previas a la puesta en marcha del servicio.
III) En dicho marco y dada la experiencia recogida en el ámbito de los distintos Juzgados Civiles y Comerciales denominados primigeniamente “pilotos”, corresponde progresar en esta orientación tendiente a simplificar algunos estadios en los trámites procesales, estandarizando a tales efectos ciertos procesos. Entre ellos la gestión completamente electrónica de las órdenes de pago judiciales.
Por ello,

EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA
SALA LABORAL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA,
RESUELVE:

Artículo 1º: Disponer que a partir del uno de septiembre del corriente año en el Fuero Laboral de Córdoba Capital se implemente el pago electrónico judicial, utilizando el portal de Abogados, el Sistema de Administración de Causas y los servicios de tecnologías y seguridad informática complementarios.

Artículo 2º: Protocolícese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Incorpórese en la página WEB del Poder Judicial. Comuníquese por correo electrónico a los Tribunales involucrados, a la Federación de Colegios de Abogados y al Colegio de Abogados de Córdoba. Dese la más amplia difusión.-

Dr. Luis Enrique Rubio, Presidente de la Sala Laboral TSJ
Dr. Eduardo J. Lascano, Secretario Laboral TSJu

Publicación: BOP, 24 de agosto de 2017

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