<?xml version="1.0"?><legislacion> <intro></intro><body><page>En la ciudad de Córdoba, a veintiún días del mes de febrero del año dos mil diecisiete, con la Presidencia de su titular Dra. Aída Lucía Teresa Tarditti, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan Sesin, Luis Enrique Rubio y Sebastián López Peña con la asistencia del Sr. Administrador General, Lic. Ricardo J. Rosemberg y ACORDARON: VISTO: La presentación efectuada por los ujieres, relacionada con la actualización del valor arancelario por el diligenciamiento de las cédulas de notificación. Y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Reglamentario N° 150 - Serie “C”, del 19/4/16, el Tribunal Superior de Justicia estableció, a partir del 1º de mayo del año 2016, un arancel por el diligenciamiento de cada cédula de notificación realizado por los Ujieres del Centro Judicial Capital, consistente en la suma de Pesos Quince ($15,00) y dispuso además que el nuevo valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia, sea de Pesos Dieciséis ($16,00). Asimismo, determinó un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de “urgente” solicitadas por la parte en el proceso judicial, el que se fijó en la suma de Pesos Veintitrés ($23,00) para las diligenciadas en Capital, y en Pesos Veinticuatro ($24,00) para las diligenciadas en el interior de la Provincia. Que a los fines de compensar los incrementos de precios verificados en el último período, a un monto tal que resulte exclusivamente reparatorio del costo que los Ujieres tienen que soportar por su labor, el Área de Administración ha realizado un estudio de costos directos e indirectos, donde se incluyen los rubros principales para llevar a cabo eficientemente la labor. Se destaca asimismo el incremento registrado en los costos de movilidad, como la tarifa de taxis y remises, además del precio de combustibles y repuestos automotores; por lo que sugiere un valor de Pesos Diecinueve con Cincuenta Centavos ($19,50) por cédula de notificación diligenciada en Córdoba Capital, y de Pesos Veintiuno ($21,00) para la zona de actuación de los Ujieres en el interior de la Provincia, y por cédulas de notificación solicitadas por la parte con carácter de “urgente”, la suma de Pesos Treinta ($30,00) para Capital y Pesos Treinta y uno con Cincuenta ($31,50) para el interior; conforme lo manifestado por los ujieres. Por todo ello; SE RESUELVE: 1.- Dejar sin efecto los aranceles establecidos en el Acuerdo Reglamentario N° 150/16 - Serie “C”, del Tribunal Superior de Justicia. 2.- Establecer en la suma de Pesos Diecinueve con Cincuenta ($19,50) el valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en Sede Judicial de Córdoba Capital, y en Pesos Veintiuno ($21,00) por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia por Ujieres de este Poder Judicial, a partir del 1º de abril próximo. 3.- Disponer un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de “urgente” solicitadas en el proceso judicial, el que quedará establecido en la suma de Pesos Treinta ($30,00) para las diligenciadas en Capital y en Pesos Treinta y Uno con Cincuenta ($31,50) para las diligenciadas en el interior de la Provincia, a partir del 1º de abril próximo. 4.- De forma.&#9632; </page></body></legislacion>